Opinión

Haciendo de Estado

Mientras en la UE se tiende a cooperar en política exterior, el Gobierno catalán se empeña en abrir nuevas delegaciones

La vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría confirmó el 6 de febrero que el Ejecutivo recurrirá ante el Tribunal Constitucional (TC) —o ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña— la apertura de las delegaciones de la Generalitat en Roma y Viena, anunciada por el Gobierno catalán. A la espera de conocer el alcance del recurso, por el momento cabe recordar lo que la propia vicepresidenta reconocía: que el TC ampara la acción exterior de las comunidades autónomas siempre que esta no sea contraria a la política exterior del Estado.

El Alto Tribunal recuerda en la sentencia 165/1994...

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La vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría confirmó el 6 de febrero que el Ejecutivo recurrirá ante el Tribunal Constitucional (TC) —o ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña— la apertura de las delegaciones de la Generalitat en Roma y Viena, anunciada por el Gobierno catalán. A la espera de conocer el alcance del recurso, por el momento cabe recordar lo que la propia vicepresidenta reconocía: que el TC ampara la acción exterior de las comunidades autónomas siempre que esta no sea contraria a la política exterior del Estado.

El Alto Tribunal recuerda en la sentencia 165/1994, sobre la apertura de la oficina del Gobierno vasco en Bruselas que el Estado tiene competencia exclusiva en materia de “relaciones internacionales”, en virtud del artículo 149.1.3 de la Constitución. Sin embargo, el TC hace una interpretación estricta del concepto de relaciones internacionales, entendiendo que este se refiere al núcleo duro de la materia que comprende la capacidad de establecer relaciones diplomáticas, la celebración de tratados, la dirección de la política exterior y la supervisión del cumplimiento de las obligaciones internacionales.

Así pues, la competencia en relaciones internacionales que la Constitución atribuye en exclusiva al Estado no agota todas las posibilidades de la acción exterior. De ahí que, según el TC, la sola presencia de una delegación autonómica en el exterior “no prejuzga su tipo de actividad, ni determina que haya de incidir forzosamente en el ejercicio de la competencia estatal sobre relaciones internacionales”. Su existencia será constitucional siempre que se ajuste al marco competencial de las comunidades autónomas y “no condicione o perjudique la dirección de la política exterior”.

A tal respecto, resulta sintomático el hecho de que la Generalitat haya pasado por alto su obligación legal de informar con carácter previo al Gobierno de la apertura de las dos nuevas oficinas y de esperar a que los ministerios de Asuntos Exteriores y de Hacienda emitan sendos informes sobre su adecuación, tanto al orden competencial como al principio de eficiencia en la gestión de los recursos públicos que debe presidir la acción exterior del Estado. No en vano la Generalitat reconoce en la nota de prensa que informa de la apertura de las nuevas delegaciones que uno de sus objetivos es “establecer un canal de comunicación directa y sin intermediarios en relación con el proceso político catalán con los Gobiernos italiano y austríaco”.

Más allá de la controversia jurídica, la apertura de nuevas oficinas autonómicas resulta cuando menos discutible

No hay duda de que se trata de un objetivo coherente con el propósito declarado por el presidente Mas y otros miembros de su Gobierno de “internacionalizar el proceso soberanista”. Sin embargo, tal objetivo aparece claramente diluido en los decretos de 23 de diciembre de 2014 de creación de ambas delegaciones, que prevé que estas sirvan para facilitar las “relaciones bilaterales” con los Gobiernos italiano y austríaco “en el ámbito de las competencias de la Generalitat”, sin mencionar para nada “el proceso político catalán”.

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Probablemente estemos ante otro ejemplo de lo que el presidente Mas denomina “astucia”, que consiste básicamente en no dejar rastro escrito en decretos y leyes de las intenciones que, no obstante, se manifiestan con meridiana claridad en declaraciones públicas e incluso en notas de prensa y artículos periodísticos. El propio Jordi Turull, presidente del grupo de CiU en la Cámara catalana, reconocía el pasado jueves en Els Matins de TV-3: “Si hace falta ya pondremos toda la astucia necesaria para que esto [de las embajadas] siga funcionando”.

Pero más allá de la controversia jurídica, e incluso dejando a un lado el objetivo declarado por el Gobierno catalán de internacionalizar el mensaje secesionista, la apertura de nuevas oficinas autonómicas resulta cuando menos discutible por varias razones. Para empezar, porque esa lógica expansiva que preside la acción de la Generalitat está en las antípodas de la lógica contractiva que caracteriza la diplomacia del siglo XXI, sobre todo en la Unión Europea. Hoy en día la prioridad de los países de la UE es la integración de los servicios exteriores, la reducción de estructuras administrativas y la mancomunación de recursos e infraestructuras. Así, Francia representa a España en materia de extensión de visados en países como Bangladesh o Bielorrusia, mientras que España representa en Guinea Ecuatorial a Bélgica, Alemania o Italia. Asimismo, España ha cerrado su embajada en países como Yemen, delegando en la UE su representación.

De acuerdo con esa lógica contractiva, la Ley de Acción Exterior y del Servicio Exterior del Estado prevé la integración en las embajadas españolas de las oficinas autonómicas en el exterior, con el objetivo, no sólo de reducir costes, sino de fomentar la cooperación interadministrativa en la captación de inversiones extranjeras y en la promoción de destinos y productos españoles. Mientras los Estados miembros de la UE buscan fórmulas para optimizar su eficiencia mediante sinergias intra e interestatales y economías de escala, el Gobierno de Artur Mas sigue en sus trece, empeñado en hacer de Estado y en seguir yendo contra el signo de los tiempos.

Nacho Martín Blanco es periodista y politólogo

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