Varios expertos creen “irrelevante” la inhabilitación al consejero Toña

ELA, LAB, CC OO y UGT alaban su sensibilidad social como administrador

Vitoria -

El Gobierno vasco tiene un dilema ante sí. La Comisión Ética que vigila el cumplimiento de los requerimientos mínimos que deben cumplir los cargos públicos y los asesores del Gobierno, está desde este miércoles ante una prueba difícil.

El consejero de Empleo y Asuntos Sociales, Angel Toña, nombrado por el lehendakari el pasado martes ante el Estatuto de Gernika, remitió apenas un día después a ese órgano las circunstancias que rodean su caso, tras p...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

El Gobierno vasco tiene un dilema ante sí. La Comisión Ética que vigila el cumplimiento de los requerimientos mínimos que deben cumplir los cargos públicos y los asesores del Gobierno, está desde este miércoles ante una prueba difícil.

El consejero de Empleo y Asuntos Sociales, Angel Toña, nombrado por el lehendakari el pasado martes ante el Estatuto de Gernika, remitió apenas un día después a ese órgano las circunstancias que rodean su caso, tras publicar el diario Gara el contenido de una sentencia que le inhabilita durante 18 meses en su anterior ocupación, la de administrador concursal.

Toña, elegido por el lehendakari por sus aptitudes y talante profesional ha sido cuestionado por un tribunal precisamente en su ejercicio profesional. La sección cuarta del Tribunal Superior de Justicia le privó en una sentencia del ocho de enero, comunicada el pasado día cuatro, de sus derechos profesionales por demorar los pagos a varios trabajadores afectados en el concurso de acreedores de las empresas Fundifes, Otsalia XXI y Bator Gestión 2004, y a la Seguridad Social.

Fuentes del Tribunal Superior vasco y un juez de lo mercantil, calificaron de “irrelevante” la inhabilitación a Toña, y explicaron que la obligación de rehacer las cuentas lleva aparejada de forma automática su distanciamiento de la administración concursal, e insisten en que no se trata de una condena nominativa, ni siquiera de una sanción, sino de una medida de carácter general.

La Ley Concursal

El artículo 181,4de la citada ley, la desaprobación de las cuentas, que es lo que falla el tribunal en segunda instancia, "tiene que comportar la inhabilitación de los administradores por un tiempo que no puede ser superior a dos años ni inferior a seis meses".

"Sanción" intermedia. "La Seguridad Social solicita la imposición de la sanción en su grado máximo, y la inhabilitación de los administradores por periodo de dos años", cita la resolución. "Atendida la entidad de la deuda que se dejó de abonar a los recurrentes y la falta de justificación de los pagos efectuados sin respetar el orden", adoptan una sanción intermedia de 18 meses.

Jueces y sindicatos entienden que aunque todo parece indicar que la actuación del actual consejero de trabajo, no fue ajustada a derecho, sí fue justa.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Los sindicatos ELA y LAB defendieron el trabajo profesional y la sensibilidad social del nuevo consejero en su anterior ocupación como administrador concursal, pero también lo hicieron CC OO y UGT, resaltando su especial sensibilidad con los trabajadores. Por separado, las fuerzas sindicales estimaron que el concurso de esas empresas fue “muy complicado” y que el ahora consejero “actuó en defensa de la empresa y de los trabajadores”.

El consejero no explicó este miércoles si va a recurrir en casación ante el mismo tribunal, hecho para el que dispone de veinte días hábiles a partir de la notificación de la sentencia. La misma opinión mantuvo el tribunal en primera instancia, que Toña actuó de forma correcta. Pero entre la primera sentencia y la resolución del recurso medió una reforma de la Ley Concursal y para entonces las reiteradas negativas por aplazamientos de los administradores concursales a reintegrar las deudas con la Seguridad Social, —el primero de los acreedores junto a los trabajadores que tiene que ver cumplidas sus demandas— fueron interpretados por el nuevo tribunal como un hecho punible. La Comisión de Ética tiene ahora en su mano la decisión de castigarle por esos hechos o considerar que la “irrelevancia” judicial también es “irrelevancia política”, y mantenerle en su puesto.

La pregunta es si pondrá en valor la literatura judicial y la existencia de una sentencia que le inhabilita, o avanzará en la actuación justa de Toña en defensa de los trabajadores y del mantenimiento de la actividad empresarial.

La Comisión Ética está formada por cinco miembros: Josu Erkoreka como consejero de Justicia, el viceconsejero de Función Pública; Andrés Zearreta; Elisa Pérez y Daniel Innerarity como expertos en ética y Maite Iruretagoiena, directora del IVAP.

Sobre la firma

Archivado En