El TSJPV reconoce la incapacidad permanente por exposición al sílice

Anula la sentencia anterior de un juzgado de Bilbao relacionada con un trabajador de una marmolería

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha reconocido la incapacidad permanente total por enfermedad profesional de un empleado de una empresa de marmolería de Durango, que durante 21 años estuvo expuesto de forma continua al polvo de sílice, según ha informado hoy el sindicato CCOO.

Como consecuencia del contacto permanente con estas partículas, el trabajador, de iniciales J.B.G., había contraído una silicosis de primer grado, una ...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha reconocido la incapacidad permanente total por enfermedad profesional de un empleado de una empresa de marmolería de Durango, que durante 21 años estuvo expuesto de forma continua al polvo de sílice, según ha informado hoy el sindicato CCOO.

Como consecuencia del contacto permanente con estas partículas, el trabajador, de iniciales J.B.G., había contraído una silicosis de primer grado, una enfermedad pulmonar provocada por la inhalación de este polvo, que le había sido reconocida como tal por el Instituto Nacional de la Silicosis de Oviedo.

En su sentencia, el TSJPV anula un dictamen anterior del Juzgado de lo Social número 10 de Bilbao que rechazó la incapacidad permanente de este operario para ejercer su ocupación de oficial primero de marmolería, y que previamente había sido también desestimada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

El fallo considera que, en el ejercicio de su labor profesional como oficial, estuvo en contacto de forma "constante" con el polvo de sílice, "lo que puede contribuir de forma significativa a empeorar su estado de salud", según CCOO.

De igual forma, la sentencia recuerda que el trabajador contrajo la dolencia cuando ejercía como oficial de primera, pese a que más tarde la empresa le cambió de puesto para que llevara a cabo tareas de delineante, un trabajo en el que en principio hay menos presencia de sílice.

El responsable de salud laboral de CCOO de Euskadi, Alfonso Ríos, ha destacado que esta sentencia contribuye a considerar la silicosis de primer grado como incapacitante. El hecho contrario, según ha afirmado, supone condenar a los empleados a sufrir "un empeoramiento constante de su estado de salud al tener que continuar expuestos al polvo de sílice, causante directo de la enfermedad".

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Por último, Ríos ha criticado actitud "mezquina" tanto del Instituto Nacional de la Seguridad Social como de la mutua Fremap, ante las numerosas "trabas" que han puesto para evitar que se considere la incapacidad laboral a este empleado.

Archivado En