Acciona también recurre ante el TSJC para intentar blindar el contrato de ATLL

La vencedora del concurso considera que la resolución del OARCC es "de imposible ejecución"

Acciona ha entrado hoy en la escena judicial que sigue al proceso de privatización de Aguas Ter-Llobregat (ATLL). Días después de que lo hiciera la Generalitat, la vencedora del concurso ha presentado el tercer recurso que llega al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) por este caso, en un intento de blindar la concesión firmada el 27 de diciembre.

La compañía pretende impedir que se ejecute ...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

Acciona ha entrado hoy en la escena judicial que sigue al proceso de privatización de Aguas Ter-Llobregat (ATLL). Días después de que lo hiciera la Generalitat, la vencedora del concurso ha presentado el tercer recurso que llega al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) por este caso, en un intento de blindar la concesión firmada el 27 de diciembre.

La compañía pretende impedir que se ejecute la resolución dictada por el Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Cataluña (OARCC), dependiente también de la Administración autonómica, que considera que la compañía controlada por la familia Entrecanales no podía ganar el concurso porque su oferta no cumplía el pliego de condiciones en lo que respecta al plazo necesario para llevar a cabo las inversiones.

El OARCC estimaba así el recurso de Agbar, que también optaba a gestionar ATLL y que desde que se conoció la victoria de Acciona ha intentado que se revocara la decisión. El embrollo en torno a la mayor privatización de la Generalitat, que le asegura unos ingresos de 1.000 millones de euros para enjugar su déficit, es de tales dimensiones que el TSJC acumula ya tres recursos contencioso-administrativos.

El primero lo presentó Agbar para pedir la ejecución inmediata de la resolución y, si no, suspender de forma cautelar la adjudicación. Esta misma semana la Generalitat recurrió también para evitar la suspensión cautelar, esgrimiendo argumentos económicos y de calado social, defendiendo la decisión de la mesa de contratación del Departamento de Territorio y atacando la interpretación realizada por el OARCC.

En ese mismo sentido presentó Acciona su versión. Interpreta que el OARCC toma por “contractual” y “vinculante" lo que considera que el pliego de condiciones calificaba como “indicativo” y “no contractual”. Además, da por hecho que la anulación del concurso es “de imposible ejecución” porque la resolución no anula ningún acto del procedimiento de licitación, ni la adjudicación del concurso ni la formalización del contrato y tampoco reordena la retroacción de las actuaciones realizadas desde que se firmó el contrato de concesión.

Además, la compañía argumenta la imposibilidad de revocar el concurso por los diferentes elementos que caracterizan al proceso: una empresa pública que ya ha sido suprimida para ceder la operativa a la empresa vencedora, 225 empleados subrogados y un servicio básico como es el de la gestión del agua en alta que consumen casi cinco millones de personas de la región metropolitana de Barcelona.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

La compañía madrileña intenta evitar también que el tribunal decida la suspensión cautelar del contrato demandada por Agbar tras conocerse la resolución del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de la Generalitat (OARCC). Considera que, tras la presentación de ambos recursos contra la decisión de este organismo, su resolución no puede considerarse firme y es, de hecho, de “imposible ejecución”.

La vencedora del concurso considera que su oferta cumple escrupulosamente el pliego de condiciones del concurso de ATLL y, como hizo el gabinete jurídico de la Generalitat en su recurso ante el TSJC, arremete contra los argumentos esgrimidos por la OARCC, según los cuales Acciona no cumpliría el plazo previsto de ejecución de obras. La compañía niega esa máxima y lamenta que el órgano de control de la Generalitat considere como “contractual” y “vinculante” el programa de obras, cuando el pliego se refiere a este como “indicativo” y de carácter “no contractual”.

El recurso presentado hoy ante el TSJC pone de manifeisto también la complejidad de tirar atrás la concesión una vez se ha extinguido la antigua sociedad ATLL, sustituida por una de nueva creación. Detrás está en juego la gestión de un servicio básico como es el agua y la continuidad de 225 trabajadores subrogados.

Sobre la firma

Archivado En