Absuelta una madre del asesinato de su bebé al padecer un brote psicótico posparto

La Audiencia de Valencia dicta una sentencia de conformidad tras el acuerdo entre las partes en la comisión del crimen en Vilamarxant y el eximente de alteración psíquica

Edificio de Vilamarxant, en el que sucedieron los hechos el 27 de febrero de 2023, ahora juzgados con una sentencia de conformidad de absolución a la madre por sufrir un brote psicótico.Manuel Bruque (EFE)

La Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto a una mujer de 38 años del delito de haber asesinado a hijo, un bebé de un año de edad, en febrero de 2023, porque, en el momento de los hechos, la acusada “presentaba sus facultades cognitivas y volitivas totalmente anuladas debido a un cuadro psicopatológico de psicosis postparto”, según recoge la sentencia. La madre se encontraba en su vivienda de Vilamarxant (población a 25 kilómetros de Valencia) el 27 de febrero del pasado año, “únicamente en compañía” de su bebé, cuando con “ánimo de acabar con la vida de su hijo y utilizando para ello un cuchillo, le causó tres heridas en el cuello, tórax y muñeca derecha que provocaron su fallecimiento a causa de una hemorragia aguda originada por tales heridas”, señalan los hechos probados en la sentencia de conformidad, dictada tras el acuerdo alcanzado entre la acusación y la defensa. Tras cometer el crimen, la madre intentó suicidarse arrojándose desde la terraza de su domicilio. Fue localizada en estado muy grave y ahora se desplaza con la ayuda de una silla de ruedas.

La magistrada ha condenado a la madre, que ha estado en prisión preventiva, a medidas de “seguridad de libertad vigilada, con obligación de someterse a tratamiento médico externo, forzoso, por un plazo máximo de cinco años” y al “pago de las costas del juicio”. El padre del menor renunció “a toda indemnización que pudiera corresponderle por estos hechos”, añade la sentencia, avanzada por el Levante-EMV. Durante la investigación, se constató que, en los días previos al crimen, la madre había estado obsesionada con la alimentación de su hijo, llegando a pensar que ella misma estaba envenenándolo.

“Los hechos declarados probados son legalmente constitutivos de un delito de asesinato, con la concurrencia de alevosía y de víctima de menor de dieciséis años, concurriendo la circunstancia agravante de parentesco y la eximente de alteración psíquica, del que es responsable en concepto de autora”, a tenor de lo dispuesto, continúa la sentencia, “en el art. 28 del Código Penal, por su realización de los hechos, de un modo personal y directo, lo que ha admitido expresamente la acusada”. No obstante, la magistrada, presidenta del tribunal, procede, “por la misma razón de la conformidad de la acusada y su defensa letrada con la petición efectuada por la acusación” a dictar sentencia, sin necesidad de que se tuviera que constituir y pronunciar el jurado popular, contemplado por la ley en este tipo de juicios.

La depresión posparto es una patología materna frecuente, que sufren al menos una de cada 10 madres en países industrializados, el doble en países en desarrollo, según la Organización Mundial de la Salud (OMS). No hay una causa única para la depresión posparto. Se han encontrado, entre otros, factores psicológicos, sociales, genéticos y hormonales.

Mucho menos frecuente, pero muy grave, es la psicosis posparto, por el peligro de que las madres se hagan daño a sí mismas o a sus bebés, según explican los expertos. Los síntomas más representativos son los delirios y las alucinaciones y el tratamiento psiquiátrico debe ser inmediato, una vez detectados.

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