El Consejo de Seguridad Nuclear informa a favor de alargar la vida de la central de Cofrentes hasta 2030
La plataforma ecologista Tanquem Cofrentes, respaldada por cinco partidos, pide que no se prorrogue la licencia
El Pleno del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) ha aprobado informar favorablemente la petición de renovación de autorización de explotación de la central nuclear Cofrentes (Valencia) —que explota Iberdrola— por el periodo solicitado de nueve años y medio, es decir, hasta el 30 de noviembre de 2030.
Este informe será ahora remitido al ...
El Pleno del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) ha aprobado informar favorablemente la petición de renovación de autorización de explotación de la central nuclear Cofrentes (Valencia) —que explota Iberdrola— por el periodo solicitado de nueve años y medio, es decir, hasta el 30 de noviembre de 2030.
Este informe será ahora remitido al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para su autorización, según ha informado el CSN en un comunicado.
La decisión adoptada se basa en la comprobación del “funcionamiento correcto” de la central y del mantenimiento del “nivel adecuado” de seguridad para continuar su operación, así como en la constatación de la respuesta adecuada del titular a los requisitos normativos aplicables.
La plataforma ecologista y ciudadana Tanquem Cofrents, con el respaldo del PSPV-PSOE, Compromís, Podem, Esquerra Unida y Esquerra Republicana, urgieron hace unos días al Gobierno a cerrar la central de Cofrentes, sin prorrogar su licencia “ni un día más”, a falta de un mes para que concluya el periodo de explotación de la instalación de Iberdrola.
“Está obsoleta, es peligrosa y un tapón para las renovables, produce entre 250 y 300 toneladas de residuos radioactivos al año y consume o evapora agua equivalente a 10.500 piscinas olímpicas de agua del río Xúquer [Júcar]”, ha resumido Lourdes Tejedor, portavoz de la plataforma, el argumentario contra la nuclear que empezó a funcionar en 1984.
El dictamen emitido este miércoles por el CSN establece nueve límites y condiciones que hacen referencia a requisitos de tipo genérico para todas las centrales nucleares, como identificación del titular y explotador responsable, potencia máxima autorizada, documentos oficiales de explotación y su trámite de modificación, informes anuales requeridos, salida de bultos radiactivos fuera del emplazamiento y requisitos para solicitar el cese de la explotación.
Otro es el cumplimiento de las propuestas de actuación del titular y de sus compromisos adquiridos, de los programas de mejora de la seguridad y de otras acciones adicionales específicas que el CSN requiere mediante Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC); la protección contra riesgos internos, concretamente, los derivados de inundaciones internas y aspersión y acciones relacionadas con la gestión del envejecimiento y la Operación a Largo Plazo (OLP).
Igualmente, para llevar a cabo un seguimiento eficiente del cumplimiento derivado de estos compromisos, se establece el requisito de remitir al CSN, en el primer trimestre de cada año natural, un informe actualizado del estado de cumplimiento.