El Supremo mexicano abre una nueva vía para las víctimas de un derrame minero en Sonora
El alto tribunal deja en manos de las autoridades un nuevo plan de remediación ambiental
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) consideró recientemente que el fideicomiso para las víctimas del derrame minero que afectó a los ríos Sonora y Bacanuchi en agosto de 2014 no cumplió con el proceso de reparación de los daños y se violó el derecho de participación de los afectados al no hacer una consulta pública sobre el cierre del instrumento. El tribunal hizo pública una sentencia en la que aborda el cierre precipitado del ...
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) consideró recientemente que el fideicomiso para las víctimas del derrame minero que afectó a los ríos Sonora y Bacanuchi en agosto de 2014 no cumplió con el proceso de reparación de los daños y se violó el derecho de participación de los afectados al no hacer una consulta pública sobre el cierre del instrumento. El tribunal hizo pública una sentencia en la que aborda el cierre precipitado del Fideicomiso Río Sonora, que supuestamente remediaría el derrame tóxico que afectó a varias poblaciones en el norteño Estado de Sonora. Grupo México, la responsable del vertido, aportó 2.000 millones de pesos (100 millones de dólares) al mecanismo. Pero solo fue ejecutado un 60% del total y después se dio por concluido de manera unilateral.
El 6 de agosto de 2014, Buenavista del Cobre, propiedad de la minera más importante de México y la tercera productora de cobre más grande del mundo, vertió 40 millones de litros de sulfato de cobre a los cauces. El derrame afectó la vida de 22.000 personas y dañó la ganadería, la agricultura y la reputación de la región. Muchos de los habitantes de aquella región arrastran problemas de salud y otros se vieron obligados a migrar. La población de Bacanuchi se redujo a la mitad en menos de seis años.
La SCJN determinó que, mientras no se lleve a cabo un proceso de participación de las representantes de los Comités de Cuenca del Río Sonora que presentaron el amparo ante el alto tribunal, y estas no queden conformes con la remediación, el fideicomiso no puede cerrarse. “Se deja sin efecto el fideicomiso por la forma en que se llevó a cabo, ya que dejaron a la población a un lado”, dice Fernanda Hopenhaym, codirectora ejecutiva de PODER, organización que da asesoramiento jurídico a los afectados.
La sentencia emplaza a celebrar una reunión pública de información. Allí debe explicarse a los afectados las medidas de remediación del fideicomiso entre 2014 y 2017 y darles la oportunidad de expresar si están de acuerdo con ello. También se tendrá que escuchar a las empresas responsables del derrame. Las autoridades tendrán que explicar cómo comprobaron que los objetivos del fideicomiso se cumplieron. “Las autoridades competentes deberán emitir una nueva determinación respecto del cumplimiento de las medidas correctivas”, señala la SCJN. “La sentencia obliga a responder las inquietudes y necesidades de las comunidades y reactivar la remediación ambiental. Las autoridades tienen que estar a la altura con acciones firmes y concretas”, afirma Hopenhaym.
Grupo México asegura que limpió la región del derrame y que el río ya no está contaminado. Investigadores de las universidades de Sonora y Arizona, sin embargo, revelaron que los pozos tienen niveles de metales pesados superiores a los de la fecha del derrame. La contaminación se ha extendido 250 kilómetros río abajo por la cuenca, afirman.
La respuesta de la Suprema Corte es recibida con esperanza pero con cansancio tras cumplirse cerca de seis años del accidente. El vacío y la negligencia con la que operaron las autoridades y la empresa no pueden borrarse. “Ya no queremos promesas. Exigimos resultados. Queremos que nos muestren qué medidas se tomaron para la remediación integral del río y el medio ambiente; que nos expliquen de qué manera se hicieron las pruebas y quién las hizo, para que vivamos tranquilos”, dice a través de un comunicado Elba Nidia Aguirre, una de las personas que presentaron el amparo.