‘La Manada’ y otras veces que el machismo juzgó a la víctima y no al violador
El juez del caso de la violación múltiple en San Fermín admite una investigación privada a la joven tras la agresión. No es la primera vez que pasa.
El juez que instruye el caso de ‘La Manada‘, el de la presunta violación múltiple de San Fermín en 2016 donde cinco jóvenes agredieron sexualmente a una joven de 18 años –le obligaron, según el Fiscal, a practicar felaciones y fue penetrada sin su consentimiento–, ha decidido no admitir como prueba los mensajes de Whatsapp del grupo de los acusados. No contarán como evidencia aquellos ...
El juez que instruye el caso de ‘La Manada‘, el de la presunta violación múltiple de San Fermín en 2016 donde cinco jóvenes agredieron sexualmente a una joven de 18 años –le obligaron, según el Fiscal, a practicar felaciones y fue penetrada sin su consentimiento–, ha decidido no admitir como prueba los mensajes de Whatsapp del grupo de los acusados. No contarán como evidencia aquellos textos anteriores al de 7 de julio, donde por ejemplo, se teclearon frases durante la preparación del viaje como “llevamos burundanga? (…) Tengo reinoles tiraditas de precio. Para las violaciones” o “hay que empezar a buscar el cloroformo, los reinoles, las cuerdas… para no cogernos los dedos porque después queremos violar todos”. El mismo magistrado, no obstante, sí que ha aceptado como prueba un documento de la familia de uno de los acusados, que contrató a un despacho de detectives para espiase a la víctima después de la agresión.
La noticia ha causado una oleada de indignación social y críticas en las redes sociales. El próximo viernes se ha convocado una manifestación a las 18.00 horas «contra los abusos judiciales» frente al Ministerio de Justicia y juristas como Baltasar Garzón han expresado su total oposición a la decisión judicial. El ex magistrado de la Audiencia Nacional declaró en la cadena Ser que «no tiene ni pies ni cabeza que admita a trámite la investigación de un detective privado a la víctima. Da igual lo que ella haga después con su vida privada» .
«Lo que prueba que unos detectives sigan a una chica que ha denunciado una violación es que la chica, además de haber sido violada, tiene que aparentarlo», escribía Manuel Jabois ayer en su columna No sonría a la cámara respecto esta victimización secundaria de la joven. El documental Audrie & Daisey (Netflix) exhibe en primera persona ese calvario social y escarnio (público y digital) que sufren aquellas que han tenido el valor de llevar a juicio a sus agresores. Daisy Coleman se intentó suicidar varias veces y tuvo que mudarse por el acoso y maltrato de sus vecinos que sufrió tras denunciar una violación en grupo de tres jóvenes de su instituto –estrellas del equipo de fútbol americano de un pueblo de Missouri–. Audrie Pott, a la que grabaron agrediéndola mientras estaba inconsciente por haber ingerido alcohol en una fiesta, no tuvo su aguante para ir al juzgado. Su madre se la encontró colgada de la manguera de la ducha. Tenía 15 años.
Bajo el hashtag #JusticiaPatriarcal, personalidades públicas, artistas, periodistas y activistas por los derechos humanos convirtieron en tendencia ayer en Twitter el debate sobre a quién se juzga y a quién se protege judicialmente en estos casos.
¿Es machista el sistema al juzgar la violencia de género? Según la Asociación Women’s Link y la Universidad de Granada sí lo es. La primera otorgó a España este 2017, por segundo año consecutivo, el título de ser el país con más nominaciones de sentencias machistas. La segunda publicó un estudio en 2012 donde los sujetos a analizar eran policías de todas las comunidades autónomas y donde concluía que el atractivo físico y el estatus social de la mujer resta credibilidad a las víctimas de violencia de género si están acusadas de homicidio en defensa propia. Encajar o no en ese perfil machista de la ‘mujer maltratada’, en ese perfil de la ‘chica violada’ que ahora resulta que se juzga en el caso de La Manada, es una tónica que más que una anécdota aislada, salta con demasiada frecuencia a los titulares informativos.
No quedó probado que «opusiera resistencia física o protestara, llorara o gritara», sino que era habitual que volviera a la casa de este hombre que le hacía regalos «para contertarla». Este es el motivo por el que la Audiencia de Cantabria decidió el pasado mes de marzo reducir la petición de la Fiscalía de condena de agresiones sexuales por abusos a un hombre por abusar sexualmente de una niña vecina suya menor de edad durante cinco años, entre 2005 y 2010. Cuando comenzaron a producirse los hechos por los que se impuso la pena la víctima tenía 5 años. Por lo visto la niña no concluyó que lo que su vecino no era correcto hasta que comenzó a estudiar en el colegio cuestiones de sexualidad y se animó hablarlo con sus amigas y primos para, un año después, denunciarlo a sus padres. El hombre fue condenado a tres años y nueve meses.
30 puñaladas no son ensañamiento. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía rebajó la pena de 25 a 17 años en enero de este año a un hombre acusado de asesinar a su pareja, a la que apuñaló 30 veces. La Audiencia Provincial de Málaga consideró que el asesinato había sido cometido con la intención de causar a la víctima «el mayor dolor y sufrimiento posible», por lo que condenó al hombre a 25 años de prisión. La revisión del caso en el Tribunal Superior de Justicia ha reducido ocho años su pena alegando que el hombre confesó los hechos y que las 30 puñaladas con las que asesinó a su ex pareja sólo revelan un “enojo ciego” por parte del individuo. Esta sentencia se ha llevado el premio «Garrote del público» de los premios Women’s Link.
«¿Cerró bien las piernas? ¿Cerró toda la parte de los órganos femeninos?”. Esto es lo que preguntó el 17 de febrero de 2016 la juez Maria del Carmen Molina a una mujer durante la vista por la denuncia de agresión sexual que había interpuesto un día antes y en la que la víctima solicitaba una orden de protección por maltrato habitual de su pareja. La Asociación Clara Campoamor pidió al Consejo General del Poder Judicial que aparte o suspenda a la magistrada.
En 2004, un juez de Barcelona absolvió a un hombre denunciado por malos tratos porque el relato de su mujer no concordaba con «el temor y la desconfianza de la típica mujer maltratada». Latifa Daghdagh perdió el juicio porque «vestía a la moda» y no encajaba con el perfil de víctima. «El aspecto físico que presentó Latifa en los tres actos del juicio, no sólo arreglada, sino vestida a la moda, con anillos, pulseras y gafas grandes, no coincide con el de una mujer que ha pasado meses de agresiones», precisó la sentencia. Pese a las denuncias de varias asociaciones, el Consejo General del Poder Judicial apoyó la sentencia y aseguró que el fallo estaba «suficientemente motivado».
La más significativa, no obstante, se remite a los años 90 con el conocido ‘caso de la minifalda‘: una resolución de la Audiencia de Lleida indicó que la chica denunciante de violación «pudo provocar» al acosador «por su vestimenta».