El Tribunal Superior confirma la absolución del expresidente de Murcia

Desestima los recursos de la fiscalía y la acusación y confirma que toda la actuación judicial se hizo fuera de plazo en el “caso Pasarelas”

Pedro Antonio Sánchez, expresidente de Murcia, en una visita a los juzgados en 2017.EDU BOTELLA (AFP)

El Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJ) ha dado carpetazo al denominado caso Pasarelas, que investigaba si el ex presidente de esa comunidad autónoma, Pedro Antonio Sánchez, cometió delitos de prevaricación, falsedad y fraude durante su época como alcalde de Puerto Lumbreras, en 2006.

A finales del pasado mes de diciembre, la Audiencia Provincial de Murcia absolvió al ex presidente al considerar que todas las pruebas ...

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El Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJ) ha dado carpetazo al denominado caso Pasarelas, que investigaba si el ex presidente de esa comunidad autónoma, Pedro Antonio Sánchez, cometió delitos de prevaricación, falsedad y fraude durante su época como alcalde de Puerto Lumbreras, en 2006.

A finales del pasado mes de diciembre, la Audiencia Provincial de Murcia absolvió al ex presidente al considerar que todas las pruebas realizadas se habían hecho fuera de plazo. El tribunal fue muy crítico en su sentencia con la forma en que se había llevado a cabo la fase de instrucción, ya que transcurrieron los seis meses de plazo que hay para ello y la fiscalía no solicitó a tiempo la ampliación correspondiente, sino que lo hizo unos días pasado el plazo.

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En la sesión preliminar del juicio, el 20 de diciembre, se adelantó “in voce” la absolución de Sánchez y los magistrados de la sala lamentaron la “indolencia” de la instrucción, pero tanto la fiscalía como la acusación particular recurrieron la decisión alegando que los plazos establecidos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal para esa fase no se pueden interpretar de manera estricta, sino que son orientativos.

Sin embargo, el TSJ ratifica ahora la absolución de Sánchez y desestima los recursos presentados en una sentencia que ha notificado hoy y sobre la que todavía cabe presentar recurso de casación. Según esta sentencia, la Audiencia Provincial no incurrió en ninguna “infracción de ley” o error al aplicar estrictamente el artículo 324 de la ley de Enjuiciamiento Criminal, ya que esa norma establece, según su criterio, unos límites temporales “infranqueables” para recopilar las pruebas y decidir si se abre o no juicio oral contra los acusados.

El TSJ advierte de que, a pesar de que la justicia en la comunidad autónoma está “infradotada”, esa situación de juzgados colapsados  no puede convertirse en una “carta blanca al poder judicial para rebasar los mandatos imperativos fijados por el legislador”. Además, recuerda que en este caso hubo una “total inactividad durante el plazo de seis meses, tanto al investigar, como al contestar al traslado inicial dado al ministerio público”. De hecho, en ese periodo solo se produjo un movimiento: el traslado que la jueza instructora dio del caso a la fiscalía para que decidiera declarar o no la causa compleja y, por tanto, ampliar la instrucción. El TSJ considera ese traslado de diligencias “razonable” porque en aquel entonces Sánchez estaba aforado y “podría cuestionarse la competencia del juzgado”, pero a jueza nunca obtuvo respuesta al respecto y la solicitud de causa compleja se produjo con el plazo ya vencido.

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El “caso Pasarelas” surgió como una pieza separada de otro de los asuntos judiciales que Sánchez tiene pendientes, el “caso Auditorio”, que se remonta también a su época de alcalde y en el que está investigado por prevaricación y fraude  en relación con la adjudicación, construcción y recepción de un auditorio financiado con subvenciones públicas.

Es la única de las causas relacionadas con el ex presidente que sigue abierta, ya que el pasado 8 de abril la Audiencia Nacional absolvió también a Sánchez en el marco de la operación Púnica por falta de pruebas. La apertura de estas tres causas judiciales forzaron la dimisión de Sánchez en abril de 2017

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