El Constitucional debate la suspensión de la consulta alternativa de Mas

Gobierno pretende que el tribunal advierta a la Generalitat sobre el incumplimiento

Fachada del edificio del Tribunal Constitucional en Madrid. EFE

El pleno del Tribunal Constitucional debate sobre el recurso presentado por el Gobierno contra el "proceso de participación ciudadana", denominación que la Generalitat ha dado a la alternativa a la consulta convocada para el 9-N.

El Constitucional celebra un pleno ordinario, que se prolongará hasta el jueves, y no ha convocado una reunión extraordinaria, tal como hizo el 29 de septiembre cuando suspendió la ley de consulta y la convocatoria oficial de la consulta de soberanía.

En este caso, el Gobie...

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El pleno del Tribunal Constitucional debate sobre el recurso presentado por el Gobierno contra el "proceso de participación ciudadana", denominación que la Generalitat ha dado a la alternativa a la consulta convocada para el 9-N.

El Constitucional celebra un pleno ordinario, que se prolongará hasta el jueves, y no ha convocado una reunión extraordinaria, tal como hizo el 29 de septiembre cuando suspendió la ley de consulta y la convocatoria oficial de la consulta de soberanía.

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En este caso, el Gobierno no sólo ha pedido la suspensión de este "referendo encubierto" sino que pretende que los magistrados se pronuncien con una advertencia al presidente de la Generalitat, Artur Mas, sobre las consecuencias que la vulneración de su decisión podrían acarrearle.

El Ejecutivo de Mariano Rajoy quiere que el pleno haga referencia a la responsabilidad e infracciones que conllevan el incumplimiento de su resolución, lo que supondría una declaración inédita.

Los motivos de impugnación son prácticamente iguales a los que se esgrimieron en el primer recurso a las que, en esta ocasión, añade las escasas garantías democráticas que tiene el nuevo proceso.

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La Generalitat, por su parte, ha tratado de sortear esta nueva y previsible suspensión alegando que, si el Gobierno cree que el proceso de participación convocado es continuación de la consulta oficial del 9-N, debería haber presentado un proceso de ejecución y no un nuevo recurso.

Sobre este último, la ley otorga al Ejecutivo el privilegio de solicitar la suspensión inmediata y el tribunal debe concederla mientras que el proceso de ejecución requiere plazos más amplios y la obligación de escuchar a las partes antes de resolver.

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