La Audiencia ve delito en el asedio de 2011 al Parlamento de Cataluña

El juez Eloy Velasco dice que la “intimidación ambiental” agrava las acciones de los 22 acusados

Miles de indignados, ante el Parlamento catalán en junio de 2011.Gianluca Battista

El juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco ha acusado hoy de un delito contra las instituciones del Estado, penado con entre tres y cinco años de cárcel, a 22 de los manifestantes que asediaron el Parlamento de Cataluña e impidieron por la fuerza durante varias horas la entrada de los diputados el 15 de junio de 2011. En un auto de 11 páginas, el titular del Juzgado de Central de Instrucción número 6, afirma que la “intimidación ambiental” que supuso la acción en grupo sobre parlamentarios en el ejercicio de su ...

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El juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco ha acusado hoy de un delito contra las instituciones del Estado, penado con entre tres y cinco años de cárcel, a 22 de los manifestantes que asediaron el Parlamento de Cataluña e impidieron por la fuerza durante varias horas la entrada de los diputados el 15 de junio de 2011. En un auto de 11 páginas, el titular del Juzgado de Central de Instrucción número 6, afirma que la “intimidación ambiental” que supuso la acción en grupo sobre parlamentarios en el ejercicio de su cargo añade gravedad delictiva a “acciones que aisladamente serían constitutivas de delitos menores o incluso de faltas”, como escupir, insultar, arrojar líquidos, bloquear o acosar a las personas. Fuentes jurídicas señalan que esta consideración podría utilizarse en el futuro para definir penalmente los escraches (acosos a los políticos en sus domicilios).

Velasco recuerda en su auto que la mañana del 15 de junio de 2011 cerca de 600 personas ocuparon todas las entradas del Parlament de Cataluña con el objetivo de evitar la entrada de los diputados que tenían que aprobar los Presupuestos autonómicos para ese año. Las cargas policiales para despejar y desbloquear el recinto parlamentario en torno al Parque de la Ciutadella de Barcelona se saldaron con 45 heridos y seis detenidos por atentado, resistencia y desobediencia a agentes de la autoridad. Una decena de parlamentarios fueron rodeados, increpados e incluso golpeados por los manifestantes cuando trataban de acceder a pie al Parlament. El presidente de la Generalitat, Artur Mas, y la presidenta del Parlament, Núria de Gispert, que no pudieron acceder al recinto en coche oficial, tuvieron que ser trasladados en helicóptero, al igual que otros 30 parlamentarios. La sesión tuvo que suspenderse durante media hora, mientras en la calle proseguían los disturbios.

Entre los diputados que sufrieron un mayor acoso figuran la secretaria segunda del Parlament, la socialista Montserrat Tura, a quien un manifestante pintó una cruz con esprai negro en la gabardina y el bolso; el independentista Alfons López Tena, al que un manifestante golpeó y empujó repetidamente y otro le sustrajo del bolsillo las llaves de su casa; o la convergente Ana Isabel Marcos, a la que arrojaron por encima “gran cantidad de una sustancia líquida”, recuerda el auto.

Velasco recuerda que la Constitución garantiza el derecho de reunión “pacífica” como cauce de expresión de las demandas ciudadanas. El magistrado lanza una puya a los políticos al afirmar que en estos “momentos de crisis (…) se exigen sacrificios (…) que no se ven generalizados a todos, ni especialmente a los que los han generado”.

Sin embargo, a renglón seguido añade que en el asedio al Parlament y a los diputados se produjo “una violencia moral de alcance intimidatorio” contra la “dignidad” y el “normal funcionamiento” de un alto organismo de la Nación. “El sujeto pasivo de la acción podría serlo el parlamentario, pero el sujeto pasivo del delito como titular del bien jurídico es la misma Asamblea legislativa”, afirma Velasco.

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