Limitar la inviolabilidad
La protección del Rey en el ejercicio de su cargo no puede confundirse con la impunidad extendida a sus actos privados
La Mesa del Congreso ha rechazado la tramitación de una propuesta del PNV que buscaba limitar la inviolabilidad del Rey a través de la reforma de un artículo de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y sin tocar la Constitución. El informe de oficio de los letrados de la Cámara rechazó limitar la inviolabilidad del Rey por inconstitucional y a ese informe no vinculante se acogen los dos partidos que vetaron la iniciativa, PSOE y PP (en ausencia del r...
La Mesa del Congreso ha rechazado la tramitación de una propuesta del PNV que buscaba limitar la inviolabilidad del Rey a través de la reforma de un artículo de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y sin tocar la Constitución. El informe de oficio de los letrados de la Cámara rechazó limitar la inviolabilidad del Rey por inconstitucional y a ese informe no vinculante se acogen los dos partidos que vetaron la iniciativa, PSOE y PP (en ausencia del representante de Vox por covid). No es la primera vez que la Mesa del Congreso impide que llegue a la Junta de Portavoces el debate sobre este mismo asunto. La propuesta del PNV defendía la reforma del artículo 55.bis de la LOPJ con el fin de que las salas de lo Civil y de lo Penal del Supremo pudieran intervenir en acciones dirigidas contra el Rey o la Reina durante el ejercicio de su cargo “en los actos no sometidos a refrendo y que no tengan relación con las funciones institucionales de la jefatura del Estado”. Dicho de otra manera, con esta reforma las actuaciones en el ámbito privado del Rey y la Reina estarían sometidas a la ley y perderían un blindaje que se antoja de otra época.
La inviolabilidad universal del Monarca, tanto en el ámbito privado como en el ejercicio de su cargo, ha sido la doctrina asumida por la Fiscalía del Tribunal Supremo para el archivo de las distintas causas sobre el rey emérito. Si bien en el debate constituyente de 1978, como contaba ayer este periódico, el tema no planteó discusión alguna y se asumió la configuración histórica y tradicional de la inviolabilidad, esa prerrogativa resulta irreconciliable con un Estado democrático de derecho basado en el principio de igualdad de todos los ciudadanos ante la ley.
Nada justifica la exclusión del Rey del sistema de sanciones civiles o penales ante la posible comisión de un hecho delictivo en el ámbito de su acción particular. El desajuste de esta posición con las exigencias de una democracia madura y solvente debería hacer reconsiderar la posición a los dos partidos mayoritarios de la Cámara: la sintonía con Vox en esta decisión no es solo tóxica, sino también comprometedora. Ningún cálculo partidista explica mantener ese anacronismo, y tarde o temprano habrá que encontrar el cauce legal para enmendarlo. La erosión que ha vivido la Monarquía en los últimos años, acabado el prolongadísimo periodo de gracia mediática que vivió Juan Carlos I, necesita para revertirse, además de las medidas de exigencia y transparencia adoptadas por Felipe VI, que la Corona se integre de forma plena en los moldes de un Estado de derecho al que no puede escapar el Rey en su actividad personal. La falta de ejemplaridad de la conducta del rey emérito es el mejor argumento para fortalecer a la Monarquía, excluyéndola del limbo legal que le concede la inviolabilidad extendida más allá de las funciones de su cargo. Nadie predice que Felipe VI vaya a saltarse un semáforo en rojo si conduce su propio coche, pero tampoco nadie había previsto —como no lo previeron los constituyentes— que Juan Carlos I incurriría en un multimillonario fraude fiscal que la Fiscalía archivó invocando la inviolabilidad. Hurtar a la sociedad la posibilidad de esta reforma infantiliza el debate político y no les hace el menor favor al Rey ni a la credibilidad democrática de la institución.