El periodo de aviso de las cámaras de tráfico se amplía hasta el 1 de mayo en el interior de la M-30

Los agentes de movilidad, sin embargo, sí podrán multar a los vehículos que accedan a la almendra central con un vehículo sin etiqueta y no domiciliado en la ciudad

Tráfico en la M-30 desde una pasarela peatonal, en Puente de Vallecas, el pasado 17 de diciembre.ALEX ONCIU
Madrid -

De momento, las cámaras no multarán, pero los agentes de movilidad, sí. El Ayuntamiento de Madrid ha decidido ampliar hasta el 1 de mayo el periodo de aviso que iba a concluir el martes 1 de marzo por acceso indebido de coches sin etiqueta ambiental no domiciliados en la Zona de Bajas Emisiones (ZBE), que limita progresivamente el acceso y circulación a los vehículos más contaminantes en todo el término municipal.

La medida se toma “para dotar de una mayor seguridad jurídica a los ciudadanos”, explica e...

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De momento, las cámaras no multarán, pero los agentes de movilidad, sí. El Ayuntamiento de Madrid ha decidido ampliar hasta el 1 de mayo el periodo de aviso que iba a concluir el martes 1 de marzo por acceso indebido de coches sin etiqueta ambiental no domiciliados en la Zona de Bajas Emisiones (ZBE), que limita progresivamente el acceso y circulación a los vehículos más contaminantes en todo el término municipal.

La medida se toma “para dotar de una mayor seguridad jurídica a los ciudadanos”, explica en un audio remitido a los medios el delegado de Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante, ya que, al introducir modificaciones en la base de datos tras los últimos cambios de empadronamiento de vehículos en diciembre, se podrían producir sanciones indebidas.

Además, ampliar este periodo “permite también continuar con las labores de información y comunicación de tal manera que la gente conozca cuáles son las limitaciones de acceso y, por tanto, se pueda producir un cumplimiento por parte de los ciudadanos”. Aun así, ojo, porque “los agentes de movilidad sí podrán multar a aquellos ciudadanos que, con un vehículo sin etiqueta y no domiciliado en la ciudad de Madrid, accedan al interior de la M-30″.

Madrid ZBE entró en vigor el 1 de enero pasado y, hasta el 24 de febrero, se han enviado 30.855 cartas informativas a los infractores, en las que se les explican las razones que han motivado la regulación, la fecha prevista para su efectiva operatividad y la cuantía a la que habría ascendido la sanción, explica el Ayuntamiento en un comunicado.

La media diaria de coches cazados se sitúa en 1.454 vehículos, un total de más de 78.000 accesos, con una tasa de vehículos reincidentes del 31,7 %. La prórroga de plazo de periodo de aviso asegurará que todos ellos reciban cartas informativas antes de comenzar a ser sancionados de forma reiterada y permitirá depurar posibles errores en las bases de datos en caso de que existan.

A cuánto asciende la multa

La entrada no permitida a las zonas de bajas emisiones hasta el 20 de marzo de 2022 constituye una infracción leve de tráfico y puede ser sancionada con 90 euros, 45 euros si es por pronto pago (en el plazo de 20 días naturales). Sin embargo, debido a la reciente modificación de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, a partir del 21 de marzo de 2022 se sancionará como infracción grave de tráfico con multa de 200 euros, 100 euros si es por pronto pago.

Qué etiqueta tiene su coche

El sistema de etiquetas medioambientales es nacional. Hay cinco categorías, pero solo las cuatro más limpias llevan distintivos. Para conocer la categoría ambiental de un vehículo se puede consultar en la web de la DGT. Los coches de gasolina matriculados antes de 2000 y diésel anteriores a 2006, los más contaminantes, carecen de etiqueta y se les denomina A. La etiqueta B se corresponde con coches de gasolina de entre 2000 y 2006 y diésel de 2006 a 2013. La C, de gasolina posteriores a 2006 y de gasóleo posteriores a 2014. Eco son los híbridos en general y cero, los eléctricos o los híbridos con una autonomía de más de 40 kilómetros. La pegatina debe ir siempre en la luna delantera.

Qué es Madrid ZBE

Madrid Zona de Bajas Emisiones está regulada en la ordenanza de movilidad sostenible (OMS) y contempla la restricción progresiva y por anillos territoriales de la circulación a los turismos con clasificación ambiental A desde enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024. La Ley de Cambio Climático obliga a las 149 ciudades españolas de más de 50.000 habitantes a crear zonas de bajas emisiones antes de 2023. La primera en aplicar la normativa fue Barcelona.

El calendario de limitación de Madrid ZBE a los turismos A de las categorías por criterio de utilización (sin especificar), 02 (familiar) y 33 (todoterreno) afecta del siguiente modo a aquellos vehículos que a fecha 1 de enero de 2022 no estén domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos, no figuren en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid o vayan a dejar de estarlo en un momento posterior:

- Desde el 1 de enero de 2022: prohibido su acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia circunvalación.

- Desde el 1 de enero de 2023, quedará prohibido su acceso y circulación también por la M-30.

- Desde el 1 de enero de 2024, quedará prohibido su acceso y circulación por todas las vías públicas del municipio de Madrid.

- A partir del 1 de enero de 2025, la prohibición de 2024 se extiende también para los turismos A domiciliados en Madrid y que figuren de alta en el padrón del IVTM del Ayuntamiento de Madrid.

Desde la misma fecha, tampoco podrán acceder ni circular por la capital los vehículos A que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores) y que hasta el 31 de diciembre de 2024 no tenían restricciones. Por su parte, los vehículos B y C, Cero y ECO, pueden entrar, estacionar y circular sin limitaciones ―salvo las establecidas por Madrid Distrito Centro para los B y los C―. Quedan exentos, hasta el 1 de enero de 2025, los A destinados a distribución urbana de mercancías.

Las excepciones

Madrid ZBE contempla excepciones a las limitaciones de los vehículos con clasificación ambiental A a partir del 1 de enero de 2025. Podrán acceder los vehículos especialmente adaptados para ser conducidos por o para el traslado de personas con movilidad reducida ―siempre que figuren de alta en el sistema de gestión de accesos a Madrid ZBE y exhiban la tarjeta―, y también se permitirá el acceso de los vehículos históricos, los de emergencias (extinción de incendios) y los de las fuerzas armadas.

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