Los inquilinos de Cataluña podrán consultar si un casero es gran tenedor con su nombre y NIF en el registro
El Govern ultima el decreto que pondrá en marcha el listado de multipropietarios pactado con los comunes en 2024
El departamento de Territorio y Vivienda de la Generalitat ultima el decreto que detalla cómo será el registro de grandes tenedores de vivenda, anunciado hace un año pero todavía pendiente de activar. El último borrador contempla medidas para facilitar la consulta a los inquilinos: saber si el casero de su piso o del que quieren alquilar tiene condición de gran tenedor, lo que le obliga a mayores exigencias que si no lo es. Para facilitar la consulta, valdrá con el nombre o NIF del propietario, además de demostrar “interés legítimo” para realizarla. Valdría, por ejemplo, adjuntar el contrato de alquiler del piso donde se vive, o un anuncio en un portal o inmobiliaria. Algo que justifique la consulta sobre el casero de una vivienda en alquiler. La creación de este registro fue una exigencia de Comuns para investir a Salvador Illa en 2024, pero todavía no se ha puesto en marcha.
El borrador del decreto, adelantado por El Periódico, solo tiene que pasar el dictamen del Consejo Económico y Social y en pocas semanas podría estar activo, explican fuentes de Comuns. Las mismas fuentes señalan que el registro se pondrá en marcha con mucho retraso, y que tal y como estaba previsto de entrada, no resultaba práctico para un casero consultar cuántos pisos tenía un casero. Y si es gran tenedor es relevante. Determina si tiene que ajustar el precio del alquiler al índice oficial (lo que puede suponer bajar el precio respecto al último contrato). O si está obligado a hacer un contrato con una duración de siete años, en vez de cinco.
Los colectivos de vivienda como el Sindicato de Inquilinas llevan tiempo denunciando que desde la regulación del precio del alquiler, optan por prórrogas anuales de los contratos vigentes como fórmula para esquivar sus obligaciones.
El registro de grandes tenedores figuraba en el decreto aprobado por el Govern en febrero del año pasado, pero todavía no se ha puesto en marcha. De hecho, aquel decreto incluía decenas de cambios en materia de vivienda, muchos vinculados al plan de Illa para sumar 50.000 pisos al parque público. En el registro de grandes tenedores deberán inscribirse “las personas físicas o jurídicas titulares de cinco o más inmuebles urbanos de uso residencial en municipios declarados de mercado tenso”, o “las personas físicas o jurídicas titulares de más de diez inmuebles urbanos de uso residencial situados en el territorio del Estado o de una superficie de más de 1.500 metros cuadrados de uso residencial, excluyendo garajes y trasteros, si bien uno de los pisos debe estar situado en el territirio de Cataluña”.
Será obligatorio (si no, los caseros se enfrentan a multas de acuerdo a “infracciones graves”). Y sus objetivos son dos. Uno, detectar vivienda vacía para poderla incorporar al parque público. Y dos, facilitar el cumplimiento de la regulación del precio del alquiler, que establece que los grandes tenedores deben ajustar el precio al índice oficial y hasta ahora los inquilinos solo lo podían saber consultando el registro y pagando por notas simples.
El decreto contiene 22 artículos en cuatro capítulos. El primero son las disposicoines generales; el segundo, detalla el Registro de viviendas vacías y de viviendas ocupadas sin título habilitante; el tercero se centra en el Registro de Grandes Tenedores; y el cuarto regula la coordinación de las comunicaciones interadministrativas, la consulta y difusión de los datos, la interoperabilidad de ambos registros, y el régimen sancionador.
Si el Govern consigue aprobar sus presupuestos antes del 20 de marzo, irá más allá en la difusión de la condición de gran tenedor de un casero. La Ley de Medidas Fiscales y Financieras, más conocida como ley de acompañamiento a los presupuestos incluye en su articulado una modificación de la ley de Derecho a la Vivienda, con la que se quiere ampliar la información que se publica en los anuncios de alquiler en zonas de gran tensión de demanda, de forma que a partir de ahora se desvele desde un inicio si el propietario es un gran tenedor (es decir, que tiene en propiedad cinco o más fincas).