Un juez anula un concurso de operario de cementerio de Vic por exigir el nivel B2 de catalán
La sentencia considera" desproporcionado" exigir esta acreditación para un trabajo manual sin “interacción lingüística”
Un juez de Barcelona ha anulado la bases de un proceso de selección convocado por el Ayuntamiento de Vic (Barcelona) para cubrir una plaza de operario de cementerio, al considerar" desproporcionado" que se exigiera el nivel B2 de catalán -que se obtiene al finalizar la ESO- para un trabajo manual sin “interacción lingüística”.
En su sentencia, adelantada por El Mundo, el juzgado de lo contencioso número 15 de Barcelona estima el recurso presentado por Convivencia Cívica Catalana contra las bases del proceso de selección de operario de cementerio, aprobadas el pasado mes de abril por un decreto municipal, por considerarlo “discriminatorio”. En concreto, las bases anuladas establecían la obligatoriedad de certificar el nivel B de catalán y superar una prueba oral y escrita obligatoria.
En su sentencia, el juez argumenta que la exigencia de conocimiento del catalán para acceder a la función pública de la Generalitat no es discriminatoria, puesto que se trata de un requisito “justificado y equitativo, también en función de la propia eficacia de la administración autónoma”.
En opinión del magistrado, cuestión distinta es la “proporcionalidad” de ese requisito, puesto que “sería contrario al derecho a la igualdad en el acceso a la función pública exigir un nivel de conocimiento del catalán sin relación alguna con la capacidad requerida para desempeñar la función de que se trate”.
En ese sentido, considera el juez que el puesto de operario de cementerio es “eminentemente manual/material, sin exigencias propias de interacción lingüística compleja”, por lo que concluye que la exigencia del nivel B2 de catalán “no supera el test de proporcionalidad”. “La elevación del requisito al B2, aplicada de forma indiscriminada y no conectada a las funciones, genera una barrera de acceso con efecto excluyente para quienes no acrediten ese nivel, constituyendo discriminación directa por razón de lengua”, sostiene el magistrado.