El TSJC rechaza la petición de Jové (ERC) de cambiar las fechas del juicio del 1-O
La Sala Civil y Penal desestima la petición del diputado, que será juzgado por malversación, de modificar el calendario para no coincidir con el Pleno del Parlament
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha dictado un auto en el que rechaza la petición del presidente del grupo parlamentario de Esquerra, Josep María Jové de modificar el calendario del juicio que se seguirá contra él para que no coincida con varias sesiones de Pleno del Parlament. La vista contra Jové, procesado por la organización del referéndum del 1-O, arrancará el 10 de abril y está previsto que comprenda una veintena de sesiones y concluya a final de mayo. El diputado ha plan...
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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha dictado un auto en el que rechaza la petición del presidente del grupo parlamentario de Esquerra, Josep María Jové de modificar el calendario del juicio que se seguirá contra él para que no coincida con varias sesiones de Pleno del Parlament. La vista contra Jové, procesado por la organización del referéndum del 1-O, arrancará el 10 de abril y está previsto que comprenda una veintena de sesiones y concluya a final de mayo. El diputado ha planteado sin éxito cambiar las fechas de varias sesiones —10, 11, 17 y 18 de abril y 8, 9 y 23 de mayo— para no ver lesionado su derecho a la participación política mientras la sala y el fiscal le han invitado a delegar su voto.
La Sala Civil y Penal de TSJC ordenó en enero la apertura de juicio oral contra Jové, Lluis Salvadó, actual presidente del Puerto de Barcelona, y la consejera de Cultura Natàlia Garriga por organizar el referéndum del 1-O. La Fiscalía pide para Jové y Salvadó siete y seis años y tres meses de cárcel, respectivamente, como presuntos autores de los delitos de malversación agravada, prevaricación y desobediencia. Para Garriga reclama un año de inhabilitación por desobediencia. La Fiscalía, que revisó sus penas al alza tras la reforma del Código Penal, pide además 32 años de inhabilitación para Jové y 22 para Salvadó. Los dos formaban parte del núcleo más próximo a Oriol Junqueras, presidente de ERC que organizó el 1-O.
La sala, presidida por Jesús María Barrientos, ha sostenido que los acusados tienen la obligación de acudir personalmente a los juicios y que el derecho a la participación política no prevalece sobre ningún otro. Los jueces apuntan también que el artículo 95.2 del reglamento del Parlament contempla la posibilidad de la delegación de voto cuando existe una enfermedad grave, hospitalización o incapacidad prolongada y que, por tanto, Jové podría estar en ese supuesto. Jové, que suele intervenir como portavoz de ERC en las sesiones de control a Pere Aragonès, considera que su voto es indelegable.
El fiscal alega, por su parte, la conveniencia de que en un juicio no se dispersen las sesiones para no perjudicar la defensa y rechaza que se pueda cambiar de fecha ocho jornadas del juicio que coinciden con el Pleno empezando por la del primer día. En la misma línea de los magistrados, el fiscal recuerda que la Mesa de la Cámara validó en 2018, varias delegaciones de voto, como las de Carles Puigdemont y Toni Comín, huidos de la justicia española en Bélgica y que el instructor permitió la delegación de voto de Oriol Junqueras, entonces en prisión, para no alterar la aritmética parlamentaria.
El juicio del 1-O contra Jové y Salvadó es una de las principales causas del procés que queda por celebrar y que la aplicación de la ley de amnistía podría anular. Esquerra ha empezado a mostrar inquietud con el retraso en la tramitación de la norma y este lunes urgió a Junts a apoyarla definitivamente. El partido de Carles Puigdemont se dio 15 días de plazo, que se cumplen este martes, para mejorar el articulado. La portavoz de ERC, Raquel Sans, alegó este lunes que hay mucha gente, implicada en casos del 9-N, del 1-O y de las protestas de la sentencia del procés, que tiene “la vida patas arriba” y que aguarda que la ley entre en vigor lo antes posible.
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