El sistema catalán de protección de menores pierde casi dos tercios de los juicios
El Govern detalla que la mayoría de sentencias desfavorables para la institución de protección a la infancia se refieren al régimen de visitas, pero una asociación de familias denuncia que el sistema es “perverso”
El paso de la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia (Dgaia) por los juzgados muestra un cierto grado de cuestionamiento judicial a sus decisiones administrativas. En los últimos cinco años, la administración catalana que vela por los derechos de niños y adolescentes ha sido condenada en 794 sentencias, casi dos tercios de los 1.279 procedimientos judiciales por los que ha pasado, según los datos que el consejero de Derechos Sociales, Carles Campuzano, aportó recientemente como respuesta a una pregunta parlamentaria. El departamento que dirige apunta que “la gran mayoría...
El paso de la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia (Dgaia) por los juzgados muestra un cierto grado de cuestionamiento judicial a sus decisiones administrativas. En los últimos cinco años, la administración catalana que vela por los derechos de niños y adolescentes ha sido condenada en 794 sentencias, casi dos tercios de los 1.279 procedimientos judiciales por los que ha pasado, según los datos que el consejero de Derechos Sociales, Carles Campuzano, aportó recientemente como respuesta a una pregunta parlamentaria. El departamento que dirige apunta que “la gran mayoría” de estas sentencias desfavorables se refieren a reclamaciones de las familias por el régimen de visitas, y que no entran a cuestionar la retirada de la tutela. La asociación Aprodeme, que representa a familias y que en junio compareció en una comisión parlamentaria para pedir una renovación del sistema, asegura que este es “perverso”, recuerda que la mayoría de familias no tienen herramientas para recurrir judicialmente las decisiones, y afirma que la alta cifra de sentencias condenatorias “demuestra que la Administración corta por lo sano aunque se equivoque”.
El sistema de protección a la infancia tiene el mandato claro de proteger al menor, y por eso está dotado de mecanismos que le permiten intervenir inmediatamente cuando el riesgo del menor en su familia es demasiado elevado y ya se encuentra en una situación de desamparo. El mecanismo más importante, la separación del núcleo familiar, es una medida puramente administrativa, y no requiere la autorización de un juez. Algunas familias lamentan que en muchas ocasiones la Administración actúa con un celo excesivo y no da opción a defenderse o a mejorar la situación familiar para evitar la retirada de la tutela, y que, además, la mayoría de familias no tiene las herramientas ni los recursos para iniciar un proceso judicial.
Francisco Cárdenas, presidente de Aprodeme, considera que el número de sentencias contra la Dgaia, pese a que no cuestione las retiradas de custodia, “indica la prepotencia de la Administración y el maltrato a las familias, e indica que se equivoca a menudo, pero que prefiere esperar a que un juez le haga recular”. Cárdenas, a quien la Dgaia retiró en 2009 una niña en proceso de adopción, lo que motivó su activismo en la asociación, afirma que el problema es que el sistema es “perverso y kafkiano”, y que el alto número de sentencias condenatorias demuestra que “el propio sistema hace que los técnicos tomen decisiones muchas veces injustas”. La asociación afirma que los trabajadores, para no exponerse a que el riesgo familiar pueda aumentar, aplican criterios demasiado restrictivos que, en ocasiones, denuncian, llegan a ser arbitrarios. “Hemos visto informes para acreditar desamparo que decían que el niño iba con las uñas sucias o que la madre consumía esporádicamente alcohol. Y luego eres tú quien tiene que demostrar que eres inocente. El sistema está muy preparado para intervenir, pero no tiene las herramientas para prevenir o acompañar”, señala Cárdenas.
Por su parte, la Generalitat destaca que esta cifra de sentencias desfavorables en los últimos cinco años es muy pequeña en relación con los miles de personas que han pasado por el sistema en este tiempo, y que en muy pocos casos (seis en nueve años), la Dgaia ha tenido que pagar una indemnización a la familia biológica como consecuencia de un juicio. Además, Derechos Sociales recuerda que entre que se abre un expediente, la familia lo recurre a la justicia y hay una sentencia, pueden pasar meses o años, con lo que la situación puede haber mejorado y el juez dicta a favor de la familia. “Es positivo, porque procuramos que el menor pueda volver con la familia biológica siempre que sea posible”, destaca una portavoz del departamento.
La Dgaia tiene en su radar a 17.784 niños y adolescentes, el 12,8% de la población catalana menor de edad, según los últimos datos disponibles, del mes de agosto. Estos son los que ese mes tenían algún tipo de expediente abierto. Alrededor de un 3% eran expedientes informativos; un 38% eran informes de riesgo grave, con una intervención abierta; un 23% eran por desamparo (la mitad de los cuales, con una medida cautelar que implica la separación del núcleo familiar); un 36% de niños con expediente estaban ya bajo la tutela de la Generalitat; y sobre un 0,5% la Administración tenía la guarda. Es decir, que entre los que estaban en situación de desamparo con la medida de la separación de su familia, y los que ya estaban en tutela o guarda por parte de la Generalitat, unos 8.450 niños y adolescentes, el 6,5% del total de menores catalanes —y casi la mitad de los que tenían un expediente abierto—, estaban en agosto bajo alguna medida protectora de la Generalitat. De los menores con medidas protectoras, el 57,3% está acogido en un recurso residencial, mientras que el resto están en familias. En el sistema hay 2.061 menores extranjeros no acompañados (en su mayoría hombres y mayores de 16 años).
Puedes seguir a EL PAÍS Catalunya en Facebook y Twitter, o apuntarte aquí para recibir nuestra newsletter semanal