La Audiencia de Barcelona ordena investigar a Jaïr Domínguez por animar a dar puñetazos a Vox
El tribunal advierte que las declaraciones del humorista animando a combatir el fascismo con un “puñetazo en la boca” podrían constituir un delito de odio
La Audiencia de Barcelona ha ordenado investigar al guionista Jaïr Domínguez por animar a combatir con un “puñetazo en la boca” a los fascistas, en alusión a Vox, porque podría suponer un “discurso de odio” y acrecentar “el estímulo atentatorio contra este partido”.
Así lo ha acordado la sección quinta de la Audiencia de Barcelona en un auto en que estima el recurso de Vox y, en contra del criterio de la Fiscalía y de la...
La Audiencia de Barcelona ha ordenado investigar al guionista Jaïr Domínguez por animar a combatir con un “puñetazo en la boca” a los fascistas, en alusión a Vox, porque podría suponer un “discurso de odio” y acrecentar “el estímulo atentatorio contra este partido”.
Así lo ha acordado la sección quinta de la Audiencia de Barcelona en un auto en que estima el recurso de Vox y, en contra del criterio de la Fiscalía y de la defensa del escritor y guionista, revoca la decisión del juzgado de instrucción 25 de Barcelona de archivar la causa, por lo que ordena reabrirla para practicar más diligencias, ya que, entre otras, no se interrogó al querellado.
Vox se querelló contra Domínguez por haber arremetido el pasado 16 de febrero, dos días después de las elecciones autonómicas del 14F, en el programa “El Matí de Catalunya Ràdio”, contra los vecinos de Vilamalla y La Pobla de Mafumet que habían votado a Vox, partido que identificó con el fascismo, tildando de “neonazis” estas poblaciones, y exclamó: “Al fascismo, a los nazis, se les combate con un puñetazo en la boca. No hay medias tintas”.
La Audiencia pone de relieve que Jaïr Domínguez hizo estas afirmaciones ante una audiencia de “casi medio millón de oyentes de un programa en lengua catalana”, ante lo que considera que resulta “estadísticamente improbable que ninguno de ellos pudiera verse azuzado por el discurso en cuestión”.
En su resolución, que no se puede recurrir, la Audiencia apunta que cuando Jaïr Domínguez se refirió a los “fascistas”, lo hizo en “clara referencia a Vox” y que la expresión que profirió, en el sentido de que se les combate “con un puñetazo en la boca”, por su “contundencia y grafismo, carece de aparente acomodo en el ejercicio de la libertad de expresión”.
“Resulta difícil imaginar contexto alguno en el que tal afirmación pueda tener un ánimo distinto al de trasladar a la audiencia destinataria el más estricto espíritu de tal afirmación”, remarca la Audiencia, que considera que las declaraciones de Domínguez se podrían incardinar indiciariamente en “el llamado discurso de odio”.
En este sentido, la Audiencia recuerda el “entorno socio-temporal” en el que el guionista hizo esta intervención radiofónica, apenas dos días después de las autonómicas catalanas, en cuya campaña electoral se habían producido “notorios y reiterados” incidentes en actos de Vox en poblaciones como Vic (Barcelona), Salt (Girona) y Olot (Girona), hasta el punto que la Junta Electoral Central reconoció que determinados actos se habían celebrado “en un ambiente de coerción contrario a lo que debe ser el ejercicio de un derecho fundamental”.
Por este motivo, apunta que el discurso de Jaïr Domínguez “no hace sino acrecentar el estímulo atentatorio” frente a Vox. “El altavoz en el que el discurso se pronunció, un programa de radio matinal con casi medio millón de oyentes, que como el propio querellado señala, no resultarán simpatizantes de Vox, incrementa exponencialmente la repercusión de su contenido y por ende el riesgo incitador inherente a la misma literalidad de las manifestaciones expuestas”, advierte la sala.
Para el tribunal, el hecho de que no hubiese disturbios tras las afirmaciones de Jaïr Domínguez, lo que ve “obvio” porque ya había finalizado la campaña electoral, así como que la audiencia del programa “no esté conformada por personas con el perfil inherente a la comisión de actos violentos”, resulta “a todas luces insuficiente como para orillar el presunto peligro concomitante a las manifestaciones del querellado”.
“Ante una audiencia de casi medio millón de oyentes de un programa en lengua catalana, resulta estadísticamente improbable que ninguno de ellos pudiera verse azuzado por el discurso en cuestión. No existe una clase o rango social que pueda considerarse acreedora de los disturbios ocasionados durante la campaña electoral, y por lo tanto no puede concluirse que no fuera una audiencia potencial del programa de radio referido”, resalta.