Acuerdan medidas de protección para la asistente social apuñalada en Salt en 2018
El agresor, que debía ingresar en un psiquiátrico, quedó libre a pesar de que la Audiencia había advertido de su peligrosidad si no se trataba
Abdeslam El B., el hombre que apuñaló a una trabajadora social en Salt (Girona) el 23 de noviembre de 2018, no se podrá acercar a ella ni hacer tratamiento psiquiátrico en esta localidad donde reside, según ha acordado este martes la Audiencia de Girona en una vista urgente. El objetivo de la vista ha sido tomar una serie de medidas para proteger a la víctima después de que el procesado quedó libre el pasado jueves, a pesar que el Tribunal le impuso hasta siete años y medio de internamiento psiquiátrico como medida de seguridad y advertía de su “peligrosidad” si no se trataba.
La Audien...
Abdeslam El B., el hombre que apuñaló a una trabajadora social en Salt (Girona) el 23 de noviembre de 2018, no se podrá acercar a ella ni hacer tratamiento psiquiátrico en esta localidad donde reside, según ha acordado este martes la Audiencia de Girona en una vista urgente. El objetivo de la vista ha sido tomar una serie de medidas para proteger a la víctima después de que el procesado quedó libre el pasado jueves, a pesar que el Tribunal le impuso hasta siete años y medio de internamiento psiquiátrico como medida de seguridad y advertía de su “peligrosidad” si no se trataba.
La Audiencia le absolvió la semana pasada del delito de intento de asesinato por concurrir la eximente completa de alteración psíquica, ya que tenía “sus capacidades afectivas y volitivas totalmente afectadas” y ordenó su “puesta en libertad”. Pero, teniendo clara la autoría de los hechos acordó, como medida de seguridad, su ingreso en un centro psiquiátrico penitenciario para el tratamiento del trastorno psicótico diagnosticado hasta siete años y medio.
Como según la sentencia del Tribunal Constitucional que recogía la resolución “no se puede privar de libertad a un absuelto en sentencia por aplicación de una eximente por trastorno mental mientras se resuelven los recursos”, instó a la fiscalía a ir a la vía civil para pedir “su ingreso involuntario en un psiquiátrico no penitenciario”. La fiscalía instó a este internamiento y el procesado debía ingresar hasta que la sentencia fuera firme. Se le trasladó de la prisión al parque hospitalario Martí i Julià, pero según fuentes sanitarias, no ingresó. Los Mossos advirtieron de ello a la víctima.
En la vista urgente, tras las peticiones de las partes, el Tribunal ha acordado prohibir al procesado residir y acudir a Salt y acercarse a ella a menos de 500 metros; que se haga un control y seguimiento del tratamiento médico prescrito que se le dispense en un centro médico fuera de Salt, -como pedía el abogado de la víctima-, Benet Salellas, y que los Mossos vigilen que se cumplan las medidas.
La vista se ha celebrado sin el procesado. Cuando se le ha localizado se le ha advertido que si incumple lo acordado incurrirá en un delito de quebrantamiento de condena y se le ha citado para mañana a una comparecencia de medidas cautelares en que se ratificarán o modificarán las acordadas hoy.