Ir al contenido

La Fiscalía se opone al tercer grado concedido por el Gobierno vasco al etarra Asier Arzalluz Goñi

El ministerio público avisa también de que no ha sido informado del régimen de semilibertad concedido a Txeroki

Fachada de la Audiencia Nacional. Samuel Sánchez

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha presentado un recurso contra la decisión del Gobierno del País Vasco de conceder el tercer grado al etarra Asier Arzalluz Goñi, condenado por varios atentados como el asesinato del periodista José Luis López de Lacalle, perpetrado el 7 de mayo de 2000, y el intento de asesinato de la teniente de alcalde de Portugalete (Vizcaya) Esther Cabezudo, el 28 de febrero de 2002. Al anunciar su decisión, el ministerio público también ha avisado de que todavía no ha sido informado del régimen de semilibertad concedido al exjefe de ETA Garikoitz Aspiazu Rubina, alias Txeroki.

Fuentes fiscales consultadas por EL PAÍS explican que la doctrina del Tribunal Supremo obliga a paralizar la excarcelación de Arzalluz Goñi hasta que el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional se pronuncie sobre el recurso presentado contra el acuerdo que adoptó el pasado 10 de febrero la Consejería de Justicia y Derechos Humanos del Gobierno vasco.

La Fiscalía considera que en el caso de Arzalluz Goñi no es suficiente para concederle el tercer grado que la Administración haya valorado “favorablemente” la “petición de perdón a las víctimas” y el hecho de que haya aceptado “su implicación en todos los hechos objeto de condena y en el daño causado por ETA”. Según advierte, antes de aplicarle este permiso es necesario evaluar primero cómo ha funcionado la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento penitenciario (una medida de semilibertad que le permite salir entre semana de la cárcel para ir a trabajar o realizar un voluntariado y dormir en el centro penitenciario).

En una nota difundida este lunes, el ministerio público incide en que la eficacia de dicha medida de semilibertad en el que se encuentra Arzalluz —que terminará de cumplir condena en octubre de 2030— necesita tiempo para ser evaluada, no “un período tan breve como tres o cuatro meses”. Además, recuerda que el Supremo prohíbe las progresiones rápidas (basadas en periodos cortos de aplicación del 100.2) y exige que la evolución de los grados tenga una “consistencia temporal y sea fruto de un proceso consolidado, no de un cambio reciente”.

Así las cosas, el coordinador de vigilancia penitenciaria de la Fiscalía de la Audiencia Nacional Carlos García Berro recalca que en el caso de Arzalluz Goñi no ha sido posible esa evaluación porque “un período tan breve como tres o cuatro meses no acredita estabilidad”, no muestra una “evolución prolongada”, “no permite verificar cambios consolidados” y “no cumple el criterio de prudencia exigido para delitos graves”. En este sentido, subraya que son necesarios “periodos prolongados de observación para constatar resultados reales”.

Desde octubre de 2021, cuando asumió la competencia de gestión de las tres cárceles vascas, el Gobierno vasco ha concedido un centenar de terceros grados a presos de ETA, según una respuesta parlamentaria de la consejera de Justicia y Derechos Humanos, la socialista María Jesús San José, a una pregunta de la diputada de Vox en la Cámara autonómica, Amaia Martínez.

Archivado En