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El Constitucional anula el voto no presencial de Puigdemont en el Parlament por estar huido

La sentencia, por unanimidad, admite el recurso presentado por el PP contra el acuerdo que tomó la Mesa de Edad de la Cámara catalana, cuando aceptó en junio el sufragio delegado del expresidente y del ‘exconseller’ Lluís Puig

El Tribunal Constitucional ha rechazado el voto no presencial del expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont considerando que es inadmisible por parte de quien “voluntariamente elude la acción de la jurisdicción penal e...

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El Tribunal Constitucional ha rechazado el voto no presencial del expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont considerando que es inadmisible por parte de quien “voluntariamente elude la acción de la jurisdicción penal española”. La sentencia, dictada por unanimidad, admite el recurso presentado por el PP contra el acuerdo que tomó la Mesa de Edad de la Cámara catalana, cuando aceptó en junio último los votos delegados de Puigdemont y del exconseller Lluís Puig, en la sesión constitutiva del Parlament. La decisión del órgano de garantías no va a alterar la composición de la Asamblea autónoma ni va a tener efectos retroactivos, en aras de “la seguridad jurídica”.

La resolución —de la que ha sido ponente el magistrado Ricardo Enríquez, del grupo conservador del tribunal« considera que cuando la Mesa de Edad permitió el voto no presencial de Puigdemont y Puig vulneró “el derecho de los recurrentes a ejercer las funciones representativas con los requisitos que señalan las leyes”, en concreto en el artículo 23.2 de la Constitución. Este precepto establece que los ciudadanos “tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos”. El fallo menciona asimismo el primer apartado de este artículo, que regula los derechos de participación política de los ciudadanos a través de sus representantes.

La consecuencia de que los acuerdos impugnados supusieran la vulneración de estos derechos fundamentales de terceros es la anulación del derecho al voto no presencial de Puigdemont y Puig. El Constitucional menciona que sobre ambos “pesa una orden judicial de busca y captura”. El tribunal razona que esta es “cabalmente” la situación en que “se encuentran los diputados cuya delegación de voto fue aceptada por la Mesa de edad, por más que se alegue (como hizo el Parlament) que la mera adopción por las Cortes Generales de una ley orgánica de amnistía supone, por sí misma (…) la concurrencia de una circunstancia excepcional (…) que habría de aplicarse a los diputados delegantes” de su voto. El tribunal considera que admitir dicho tipo de votos equivaldría a facilitar la “elusión de la acción de la justicia”. La ley de amnistía fue aprobada por el Parlamento el 30 de mayo de 2024 para ser aplicada por los jueces y tribunales a cada caso concreto relativo a delitos vinculados con el procés. A su vez, la sesión constitutiva del Parlament tuvo lugar el 10 de junio siguiente.

El Constitucional alude a sentencias anteriores que ya anularon acuerdos similares de la asamblea autonómica catalana para votaciones concretas. Entre esos precedentes figuran recursos de otros grupos parlamentarios, como el del PSC, que en este caso no impugnó la autorización de la Mesa de los citados votos no presenciales en la sesión por la que se dio comienzo a la legislatura catalana, en cuyo arranque fue elegido Josep Rull (Junts) como presidente de la Cámara. A este respecto, el órgano de garantías precisa que “la emisión de estos votos no alteró la elección de los miembros de la Mesa, ni por tanto su composición, ni afectó pues a la proclamación del presidente del Parlamento de Cataluña declarando constituida la cámara”. Tras estas primeras decisiones pudo abrirse el período de consultas de Rull con los distintos grupos parlamentarios, con el resultado de convocar el pleno de investidura del president de la Generalitat para el siguiente 8 de agosto, en el que Salvador Illa (PSC) obtuvo el apoyo suficiente —con 68 votos a favor, apoyado por ERC y Junts— para acceder al cargo. En la misma fecha, Puigdemont dio un breve mitin en las proximidades del Parlament y luego regresó a Waterloo eludiendo los controles policiales.

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