Condenado a 18 años de cárcel por terrorismo el jubilado que envió cartas pirotécnicas al Gobierno

La Audiencia Nacional considera culpable a Pompeyo González, de 75 años, que también mandó misivas a la Embajada de Ucrania

Pompeyo González, a la salida de la Audiencia Nacional, el pasado mayo.Susana Vera (REUTERS)

La Audiencia Nacional ha condenado a 18 años de cárcel a Pompeyo González, un jubilado de 75 años de Miranda de Ebro (Burgos), por enviar seis cartas con material pirotécnico en 2022 a, entre otros, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y las embajadas de Ucrania y EE UU en Madrid. El tribunal lo considera culpable de delitos de terrorismo y de fabricación de aparatos explosivos, inflamables o incendiarios: “[Actuó] con el prop...

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La Audiencia Nacional ha condenado a 18 años de cárcel a Pompeyo González, un jubilado de 75 años de Miranda de Ebro (Burgos), por enviar seis cartas con material pirotécnico en 2022 a, entre otros, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y las embajadas de Ucrania y EE UU en Madrid. El tribunal lo considera culpable de delitos de terrorismo y de fabricación de aparatos explosivos, inflamables o incendiarios: “[Actuó] con el propósito de causar una gran conmoción en la sociedad española, para que ejerciese presión para que los gobiernos de España y de los Estados Unidos (y otras entidades radicadas en territorio español) dejasen de prestar apoyo a Ucrania en la guerra sostenida por este Estado contra Rusia”, subraya la resolución judicial.

Durante el juicio, celebrado el pasado mayo, la Policía describió el reguero de indicios que incrimina a González. Entre otras pruebas, los agentes encontraron su ADN en los paquetes enviados. Sin embargo, él insistió en su inocencia y defendió que no fabricó los artefactos; sino que alguien debió rebuscar en su basura, recoger los sobres y otros restos usados para confeccionar los dispositivos pirotécnicos enviados. Pero los jueces no le creen y, en su sentencia, exponen que las explicaciones del jubilado son “escasamente consistentes” y “quedan desvirtuadas por el acervo probatorio”.

Esta causa empezó después de que un artefacto estallase el 30 de noviembre de 2022 en la Embajada de Ucrania en España, causando heridas al vigilante de seguridad. Los agentes averiguaron entonces que, solo unos días antes, se había recibido en La Moncloa uno similar dirigido al presidente del Gobierno. Y que otros paquetes parecidos —que contenían “cajas de madera manufacturadas a mano” con un “artefacto casero” pirotécnico en su interior, según el sumario— llegaron también al Ministerio de Defensa, a la embajada de EE UU, a la empresa de armamento Instalaza —fabricante de los lanzagranadas C-90 que España envió como parte de la ayuda militar a Ucrania— y al Centro de Satélites de la base aérea de Torrejón de Ardoz, en Madrid.

“El conjunto de todas las pruebas acredita la autoría del acusado, no solo de la construcción y envío de esos cinco artefactos en los que se identificó su perfil genético, sino también del [sexto], remitido a la ministra de Defensa”, reza la sentencia de la Audiencia Nacional. El fallo también destaca la “afinidad” del acusado con las “posiciones de Rusia” y “su oposición a la ayuda” de España a Ucrania en la guerra. “Su voluntad de conmocionar a la sociedad española y de alterar la paz pública se infiere del número de artefactos explosivos, del corto espacio temporal de pocos días en que fueron enviados y de la condición de los destinatarios. La decisión de remitir los artefactos conlleva, por lo tanto, [el objetivo] de provocar alteraciones y de utilizarlas como medio para conseguir el cese de la ayuda a Ucrania pretendido”, aseguran los magistrados.

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