La Audiencia de Pontevedra obliga a retirar una escena sexual sobre el exnarco Oubiña de la serie ‘Fariña’
El tribunal fija que la productora y las cadenas que han emitido la serie indemnicen con 15.000 euros al demandante por haber vulnerado su intimidad
La sección tercera de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha estimado parcialmente el fondo de la demanda interpuesta por la defensa del exnarcotraficante Laureano Oubiña contra la productora de la serie Fariña, Bambú Producciones, además de Atresmedia y Netflix Internacional, y ha ordenado retirar la escena de sexo con la que arranca la producción, basada en el libro homónimo del periodista Nacho Carretero, además de fij...
La sección tercera de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha estimado parcialmente el fondo de la demanda interpuesta por la defensa del exnarcotraficante Laureano Oubiña contra la productora de la serie Fariña, Bambú Producciones, además de Atresmedia y Netflix Internacional, y ha ordenado retirar la escena de sexo con la que arranca la producción, basada en el libro homónimo del periodista Nacho Carretero, además de fijar una indemnización compensatoria de 15.000 euros.
La sentencia, con fecha del 25 de junio y difundida este miércoles por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), estima el recurso de apelación de Oubiña contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia Número 3 de Vilagarcía de Arousa (Pontevedra), que desestimó todas las pretensiones del demandante en febrero pasado. La defensa del famoso contrabandista, que cuenta con 78 años, había alegado que la vida de su cliente “había empeorado desde la emisión de la serie” y solicitaba por ello 1,5 millones de indemnización.
El fallo, contra el que cabe recurso, declara que las entidades demandadas han vulnerado el derecho a la intimidad personal de Oubiña por una escena en la que su personaje mantiene relaciones sexuales con el de su esposa, Esther Lago (ya fallecida), madre de dos de sus hijas. La secuencia se incluye en el primer capítulo, y transcurre en el pazo de Baión, que les fue incautado. El tribunal sostiene que esa parte de la serie no está justificada por “la libertad creativa innegable de los creadores y productores de la serie”.
Basándose en la vulneración del derecho a la intimidad de Oubiña, el tribunal ha condenado a las empresas audiovisuales a retirar de la serie esa escena de “sexo explícito” y suprimir las imágenes de todas las plataformas de Antena 3 y de su web una vez que el fallo sea firme. Además, les ha impuesto el pago de una indemnización conjunta al demandante de 15.000 euros.
“La vida del señor Laureano Oubiña ha empeorado considerablemente tras la emisión de esta serie, porque se le retrata como una persona capaz de quitarle la vida a otra, violento, machista, traficante de cocaína, impotente, vicioso, infiel, arrebatado, mal padre, mal esposo, bruto, necio, vengativo, maltratador de mujeres, ignorante o mafioso”, fue el alegato principal que hizo el abogado del exnarco gallego durante el juicio, Jorge Paladino Hernández, y que ha mantenido en su apelación. Para la Audiencia, la vulneración del derecho a la intimidad no alcanza al de imagen, “ubicándose el reproche únicamente en el acceso no consentido, ni expuesto, ni sometido al general escrutinio, de una faceta muy concreta de aquel”, como es “la privacidad de su vida familiar íntima”, incide el fallo.
Además, argumenta el tribunal que la doctrina advierte de que, aunque se trata de “un personaje de proyección pública”, el derecho a la intimidad “no se diluye totalmente” porque, “más allá de su ámbito público y esfera abierta al escrutinio general, se trata de su parte personal e íntima” que no abrió al conocimiento general que sí goza del derecho a la intimidad.
El fallo excluye una petición de la demanda para retirar otras escenas sexuales de otros capítulos porque solo en la primera, entiende el tribunal, se advierte “una innecesaria intromisión y lesión en la intimidad de Oubiña, al plasmar un ámbito familiar, su relación de pareja, reservado y no expuesto sobre el que su personaje público no se proyectaba y en el que la ficción y trama de la obra, en su aspecto creativo, no precisaba entrar”.