El Congreso tacha de “injerencia” el conflicto de competencias planteado por el Senado a cuenta de la amnistía

La Cámara baja considera “improcedente” la iniciativa e insta a los senadores a desistir del choque institucional, tramitar la ley y no discutir su constitucionalidad

El presidente del Senado, Pedro Rollán, saluda al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en presencia de la presidenta del Congreso, Francina Armengol, el pasado diciembre.Claudio Álvarez

La Mesa del Congreso de los Diputados, su órgano de gobierno, aprobará el martes un informe jurídico en el que califica de “improcedente” el inédito conflicto de competencias entre las dos Cámaras que el Senado aprobó la semana pasada para intentar paralizar la tramitación de la ley de amnistía. El documento, que ha sido repartido este lunes a los grupos con representación en la Mesa, con...

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La Mesa del Congreso de los Diputados, su órgano de gobierno, aprobará el martes un informe jurídico en el que califica de “improcedente” el inédito conflicto de competencias entre las dos Cámaras que el Senado aprobó la semana pasada para intentar paralizar la tramitación de la ley de amnistía. El documento, que ha sido repartido este lunes a los grupos con representación en la Mesa, concluye que el objeto de esa actuación del Senado, donde el PP dispone de mayoría absoluta, “no constituye un conflicto de atribuciones sino, en su caso, un recurso de inconstitucionalidad”. El informe insiste en que es “improcedente” e implica incluso “una injerencia” por parte del Senado intentar modificar un acuerdo del Congreso —la aprobación inicial de la amnistía— que la Cámara baja ha adoptado en el ejercicio de sus funciones.

El pleno del Senado aprobó la semana pasada —con 148 votos a favor (144 del PP, 3 de Vox y uno de Coalición Canaria), la abstención de UPN y el voto en contra del resto del hemiciclo (112 senadores)— plantear un conflicto de atribuciones entre ambas Cámaras, una iniciativa que no se había producido nunca. El PP de Alberto Núñez Feijóo ya había advertido, desde el inicio de esta XV legislatura y desde que el PSOE asumió la ley de amnistía que exigían los partidos independentistas, de que usaría todos los instrumentos y mecanismos a su alcance para intentar bloquear esa norma.

En esa estrategia, los populares modificaron el Reglamento del Senado —para alargar la tramitación de la ley— o encargaron y revalidaron informes de letrados para sustentar sus tesis de que la ley de amnistía es una “aberración democrática”. Los populares sostienen que se trata de “una reforma constitucional encubierta” que el Gobierno de Pedro Sánchez ha impulsado con “arbitrariedad” porque necesita el apoyo de Junts y ERC para seguir en La Moncloa; y, con ese argumento, han adoptado su último movimiento: plantear un conflicto de atribuciones sosteniendo que el Congreso no era competente para impulsar en solitario esa supuesta “reforma constitucional”.

El Congreso tenía hasta el 11 de mayo para responder al requerimiento del Senado, pero ha optado por hacerlo cuanto antes, entre otras razones porque la Presidencia de esa Cámara quiere zanjar rápidamente lo que considera una utilización partidista de la institución por parte del PP. Una vez que el Congreso ha rechazado el conflicto, el Senado —es decir, el PP, que tiene mayoría absoluta en esa Cámara— debe decidir si da el siguiente paso: acudir al Tribunal Constitucional.

El informe que refrendará la Mesa del Congreso se apoya en varias sentencias del Constitucional para sostener que la votación del pasado 14 de marzo en la que la Cámara baja aprobó la proposición de ley de amnistía no es “objeto idóneo del conflicto de atribuciones”. En ese sentido, llega a catalogar de “invasora” la iniciativa del Senado. A la Mesa, prosigue el informe, “no le corresponde efectuar un control de constitucionalidad, siquiera liminar, de las iniciativas parlamentarias”. Y en esa línea argumenta que, si se aceptara el intento del Senado de invocar sus competencias para tumbar la mera discusión de la propuesta legislativa aprobada en el Congreso, eso “supondría ignorar el derecho de los parlamentarios, tanto diputados como senadores, a la tramitación de las iniciativas por los cauces constitucionales y reglamentariamente establecidos y a su aprobación por las mayorías requeridas en cada caso”.

La presidenta del Congreso, la socialista Francina Armengol, ya avanzó a primera hora de este lunes su posición: “Hemos recibido el requerimiento y vamos a responder desde la lealtad institucional, desde el entendimiento que debe haber entre las Cámaras, sin politización sino intentando mantener la institucionalidad del Congreso para dar respuesta desde el rigor y siempre pensando en la ciudadanía”, afirmó.

El documento que avalará la Mesa del Congreso cuestiona también los argumentos de fondo del Senado, esto es, que la amnistía supone “una reforma constitucional o una ley inconstitucional”. Esa premisa, dice el Congreso, “pone de relieve, una vez más, que la verdadera pretensión del conflicto planteado es la de procurar un pronunciamiento sobre la constitucionalidad de la norma por parte del Tribunal, lo que no procede en esta fase del procedimiento legislativo”. Un intento que se descalifica como “encubierto y extemporáneo”.

El Congreso rebate las alegaciones incluso formales del Senado sobre la tramitación de la proposición de ley de amnistía y las tacha de “clara injerencia en el principio de autonomía parlamentaria, en su vertiente reglamentaria”. Cita en ese punto el artículo 72 de la Constitución, que establece que “la función de controlar cómo ha aplicado su Reglamento el Congreso corresponde, en su caso, al Tribunal Constitucional, no pudiendo el Senado asumir funciones de fiscalización del funcionamiento interno de otros órganos constitucionales”.

La Mesa insiste en que ha ejercido sus funciones como fija la Constitución y que “no puede el Senado, bajo la apariencia de la defensa de sus atribuciones, intentar subvertir las legítimamente ejercidas por el Congreso”. Y concluye que el pretendido conflicto institucional impulsado por el Senado “supondría así un artificio para evitar cumplir su obligación constitucional y suplantar al Congreso”. “Semejante pretensión supondría un incumplimiento directo y evidente de la doctrina del Tribunal Constitucional”, remata.

El órgano de gobierno del Congreso argumenta, finalmente, que “el conflicto planteado es improcedente por referirse a decisiones que no constituyen el objeto propio de un conflicto de atribuciones, sino, en su caso, de un recurso de inconstitucionalidad”. El Congreso defiende así que actuó “correctamente, ejerciendo su propia competencia, en sus justos términos”, y que, por tanto, “no procede acceder al requerimiento” del Senado. Incluso se permite formular un consejo a la Cámara alta: “Resulta pertinente instar al Senado a desistir del planteamiento en este conflicto y dar cumplimiento al deber de tramitación de la iniciativa legislativa conforme a lo establecido en la Constitución”.

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