Bárcenas da un paso más hacia la libertad condicional
Instituciones Penitenciarias clasifica al extesorero del PP en tercer grado, requisito imprescindible para que en septiembre pueda pedir la excarcelación
El extesorero del PP Luis Bárcenas está un poco más cerca de conseguir la libertad condicional. La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias ha acordado clasificar al exsenador y extesorero del PP en tercer grado penitenciario después de que la Junta de Tratamiento del Centro de Inserción Social (CIS) Victoria Kent, de Madrid donde cumple condena en semilibertad, propusiera recientemente flexibilizar de nuevo su régimen de vida carcelario, según han confirmado a EL PAÍS fuentes jurídicas y penitenciarias. La Fisc...
El extesorero del PP Luis Bárcenas está un poco más cerca de conseguir la libertad condicional. La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias ha acordado clasificar al exsenador y extesorero del PP en tercer grado penitenciario después de que la Junta de Tratamiento del Centro de Inserción Social (CIS) Victoria Kent, de Madrid donde cumple condena en semilibertad, propusiera recientemente flexibilizar de nuevo su régimen de vida carcelario, según han confirmado a EL PAÍS fuentes jurídicas y penitenciarias. La Fiscalía Anticorrupción no se plantea recurrir la medida, según fuentes de este organismo, por lo que de ser así la decisión sería firme. Bárcenas estaba hasta ahora en segundo grado ―el ordinario, en el que está más del 73% de los condenados en España―, pero se le aplicaba desde diciembre de 2022, con el visto bueno de la Audiencia Nacional, el artículo 100.2 del Régimen Penitenciario, una norma que permite flexibilizar el régimen de vida de un recluso para disfrutar de parte de los beneficios de los reclusos clasificados en régimen abierto.
De hecho, el extesorero popular lleva 14 meses saliendo de recinto penitenciario todos los días laborales desde las 7.30 hasta las 23.00. Interior le fijó este horario después de que Bárcenas justificase que iba a trabajar como contable para una empresa de su hijo Guillermo, músico y líder de la banda Taburete, y que se había registrado como voluntario en un comedor social regentado por una orden religiosa. Aunque la nueva clasificación no le supondrá, por tanto, cambios en este horario ―salvo que el centro decida aplicarle tras su paso a tercer grado el control telemático mediante la instalación de una pulsera, por lo que ya no tendría que ir al centro ni a dormir―, la decisión del departamento de Fernando Grande-Marlaska sí le supondrá otras mejoras a corto y medio plazo.
Así, podrá disfrutar de 48 días de permiso al año frente a los 36 días actuales. Además, a partir de septiembre estar en tercer grado le permitiría aspirar a la suspensión de la pena y, con ello, a la libertad condicional adelantada al cumplir en esa fecha dos terceras partes de los 12 años que la Audiencia Nacional fijó de cumplimiento efectivo de los 29 años y un mes que le impuso el Tribunal Supremo por el caso Gürtel de corrupción. Para conseguir este beneficio, una medida excepcional regulada por el artículo 90.2 del Código Penal y que solo puede conceder un juez, el preso debe haber cumplido esa parte de condena y estar clasificado, precisamente, en tercer grado, además de cumplir otros requisitos, como haber tenido un buen comportamiento y haber “desarrollado actividades laborales, culturales u ocupacionales [...] del que se haya derivado una modificación relevante y favorable de aquellas de sus circunstancias personales relacionadas con su actividad delictiva previa”.
El extesorero, además de trabajar y colaborar con una ONG en sus salidas, ha realizado un taller de justicia restaurativa que incluyó encuentros con víctimas y participa en la actualidad en el Programa de Intervención en Delitos Económicos (Pideco), un plan de reeducación para condenados por corrupción puesto en marcha en las cárceles españolas en enero de 2021. Este es el programa que, por ejemplo, siguió Iñaki Urdangarin, tras el cual el marido de la infanta Cristina accedió a la libertad condicional.
Libertad condicional y ordinaria
En caso de que el juez rechace concederle en septiembre la libertad condicional anticipada, Bárcenas ―que no extinguirá la totalidad de la pena hasta el 19 de septiembre de 2028― podrá aspirar en septiembre de 2025 a la ordinaria, contemplada en el artículo 90.1 del Código Penal, al haber cumplido para entonces tres cuartas partes de la condena. Además, para entonces el extesorero del PP habrá cumplido 68 años y, por tanto, estaría cerca de ser septuagenario, situación para la que el Código Penal también contempla la suspensión de la ejecución de lo que quedase de pena en determinadas circunstancias. En febrero 2021, la Audiencia Nacional acordó la excarcelación del exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato, condenado a cuatro años y medio por el escándalo de las tarjetas black, precisamente por ser mayor de 70 años (estaba a punto de cumplir 72) y mostrar un “pronóstico favorable” de reinserción.
Antes que Bárcenas, otros dos de los principales condenados por el caso Gürtel, Francisco Correa y su lugarteniente en la trama Pablo Crespo, habían accedido al tercer grado. Ambos cumplen sus condenas en semilibertad en el mismo recinto penitenciario que el extesorero. En el caso de Correa, condenado a 105 años y siete meses en siete juicios por corrupción y para el que la Audiencia Nacional fijó un máximo de estancia en prisión de 18 años, el cabecilla de la trama disfruta del régimen abierto desde junio del año pasado. En su caso, cumplirá dos terceras parte de la condena en julio de 2025 y, por tanto, podrá aspirar a la libertad condicional anticipada. En enero de 2027 habrá alcanzado los tres cuartos para la ordinaria. No extinguirá la pena hasta el 9 de julio de 2031.
Crespo ―condenado en cinco piezas de la macrocausa de corrupción a un total de 73 años y 4 meses de cárcel, aunque la Audiencia Nacional fijó que el máximo de cumplimiento fueran 18 años―, podrá aspirar a la libertad condicional anticipada en diciembre de 2025, y en junio de 2027 a la ordinaria. Extinguirá la pena el 12 de diciembre de 2031. Una cuarta condenada por la trama, Rosalía Iglesias, esposa de Bárcenas y también en el CIS del centro de Madrid, accedió a la semilibertad en agosto pasado tras aplicársele como a su marido el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario. Condenada a 12 años y 11 meses de prisión, el tiempo máximo en prisión se le fijó en siete años y seis meses, pero al no haber ingresado en prisión preventiva ―al contrario que el extesorero, Crespo o Correa― su grado de cumplimiento de la pena es inferior aunque esta sea más baja. De hecho, no llegará a los dos tercios hasta octubre de 2025. Su calendario penitenciario tiene en rojo otras dos fechas: el 28 de mayo de 2026 habrá cumplido las tres cuartas partes de la pena y el 11 de abril de 2028 extinguirá el castigo.
Papeleo para jubilarse
Luis Bárcenas, que desde octubre de 2022 cumple el requisito de la edad para jubilarse, inició el verano pasado el papeleo para solicitar la pensión reclamando a Interior que le certificase su actividad laboral durante los más de cuatro años que estuvo en la cárcel de Soto del Real. La ley exige para ello, además de superar cierta edad, haber cotizado dos de los últimos 15 años de su vida laboral. Ante la posibilidad de que no pueda hacerlo precisamente por sus dos estancias en prisión desde que fue encarcelado por primera vez en junio de 2013 y por el hecho de que los tribunales no reconocieran la relación laboral que él aseguraba haber mantenido con el PP tras haberse visto salpicado por el caso de corrupción, el extesorero ha reclamado a Instituciones Penitenciarias documentación para solventarlo, según detallaron en su momento a este diario fuentes penitenciarias.