La Fiscalía se opone a la extradición de Daniel Sancho para juzgarle en España por un caso de lesiones de 2019
El ministerio público concluye que para que asista a la vista en la que pide un año de prisión, no es necesario su entrega a la justicia española como pedía la defensa del cocinero
La Fiscalía de Madrid ha presentado un escrito en el Juzgado de Instrucción 21 de Madrid con el que se opone a la solicitud de la defensa de Daniel Sancho Bronchalo para pedir a las autoridades de Tailandia la extradición del cocinero para que pueda ser juzgado en España por otro caso, en el que está acusado de un delito de lesiones. Sancho está en prisión preventiva en el país asiático desde el 7 de agosto tras confesar ...
La Fiscalía de Madrid ha presentado un escrito en el Juzgado de Instrucción 21 de Madrid con el que se opone a la solicitud de la defensa de Daniel Sancho Bronchalo para pedir a las autoridades de Tailandia la extradición del cocinero para que pueda ser juzgado en España por otro caso, en el que está acusado de un delito de lesiones. Sancho está en prisión preventiva en el país asiático desde el 7 de agosto tras confesar ser el autor de la muerte y descuartizamiento del cirujano colombiano Edwin Arrieta. Por este crimen puede enfrentarse a una petición de pena de muerte.
En su escrito, la Fiscalía de Madrid argumenta que existen medidas “alternativas” a la extradición para que el hijo del actor Rodolfo Sancho pueda ser juzgado en España sin necesidad de que las autoridades de Bangkok lo entreguen. Entre ellas, cita su presencia en el juicio por videoconferencia o una entrega temporal para asistir a la vista, tras la que sería retornado a Tailandia donde aún debe ser juzgado por el asesinado del médico. El ministerio público destaca, además, que no concurren ninguna de las circunstancias contempladas en la ley para solicitar la extradición, ya que no se ha fugado a un país extranjero ―”no consta que su estancia en Tailandia obedezca a una voluntad de sustraerse de la acción de la justicia”― y, de hecho, el juicio por el delito de lesiones aún no tiene fecha fijada.
Los hechos por los que está encausado Daniel Sancho en España se produjeron a las 4.00 de la madrugada del 9 de noviembre de 2019 en las proximidades de la calle José Abascal, de Madrid, en una fila para coger un taxi. Según el relato que hace la Fiscalía en su escrito de acusación, el cocinero se introdujo en uno de estos vehículos sin respetar el turno, lo que fue recriminado por J. Ch., que estaba en la cola de espera . “El acusado, con ánimo de herir, procedió a darle un puñetazo en la cabeza ocasionándole lesiones que tardaron en curar 12 días [...] habiendo precisado la sutura de la herida mediante la colocación de cinco puntos y habiéndole quedado como secuela un perjuicio estético debido a la rotura del diente incisivo superior derecho”. La Fiscalía pide por ello para Sancho un año de cárcel como autor de un delito de lesiones, así como el pago de una indemnización a la víctima de 2.100 euros, además del abono de los gastos odontológicos ocasionados.
Según detalla el ministerio público en el escrito para oponerse a que se tramite la solicitud de extradición, el Juzgado de Instrucción 21 de Madrid dictó el auto de apertura de juicio oral el 30 de noviembre de 2021 y fue notificado al cocinero personalmente el 18 de enero del año siguiente, por lo que tan solo restaba por señalar la fecha de inicio de la vista oral. En el año y medio transcurrido desde entonces, el juzgado no había realizado ninguna actuación, hasta que el pasado 8 de septiembre el abogado defensor de Sancho presentó un escrito en el que comunicaba que su cliente estaba, desde agosto, en prisión provisional en Tailandia y pedía que se solicitara de extradición para que pudiera ser juzgado en España por este caso de lesiones.
Según detalla en una nota de prensa hecha pública este lunes, la Fiscalía argumenta su oposición en que en la causa en la que está acusado el cocinero no se ha dictado en ningún momento durante la instrucción un auto de prisión “ni cabe en el momento actual solicitarlo” por dos motivos. En primer lugar, porque la máxima pena que se le puede imponer a Sancho por el delito de lesiones del que se le acusa no supera los dos años que fija la ley para adoptar la medida de encarcelamiento, sin olvidar que al llevar la causa paralizada desde febrero de 2022, previsiblemente se le aplicará “la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas” lo que alejará aún más la petición de esos dos años. Y en segundo lugar, porque el acusado ha estado siempre a disposición de las autoridades judiciales españolas cuando ha sido requerido para ello.
En su escrito, la Fiscalía recuerda también que el único convenio vigente entre España y Tailandia desde 1983 sobre cooperación en materia de ejecución de sentencias penales ―no existe uno de extradición― “solo es aplicable, conforme a su artículo segundo, a situaciones en que la persona cuyo traslado se solicite haya sido declarado culpable y condenado”, circunstancias que no se cumple en el caso de Sancho, que aún debe ser juzgado en Tailandia. Es por ello, que la Fiscalía defiende que se rechace iniciar la solicitud de la defensa y se empleen otros instrumentos de cooperación judicial para que se pueda celebrarse la vista oral en España, como la videoconferencia. En este sentido, el ministerio público recuerda que, al estar en situación de prisión provisional, “es fácilmente localizable” por las autoridades judiciales de Bangkok. Sancho se encuentra, desde días después de su detención, en la prisión de la isla de Samui.