Anticorrupción estudia si recurre la semilibertad de Bárcenas

La Fiscalía pide a Interior los informes que desembocaron en la actual situación penitenciaria del extesorero del PP, que sale de la cárcel 15 horas al día

Luis Bárcenas, a su llegada el 27 de diciembre al Centro de Inserción Social (CIS) Victoria Kent, donde cumple condena en régimen de semilibertad.Álvaro García

La Fiscalía Anticorrupción ha solicitado al Ministerio del Interior que le remita el expediente que elaboró Instituciones Penitenciarias para conceder al extesorero del PP Luis Bárcenas el régimen de semilibertad que le permite salir, desde finales de diciembre, durante más de 15 horas al día del recinto penitenciario del centro de Madrid donde cumple condena, según confirman a EL PAÍS fuentes del ministerio público. Con ello, Antic...

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La Fiscalía Anticorrupción ha solicitado al Ministerio del Interior que le remita el expediente que elaboró Instituciones Penitenciarias para conceder al extesorero del PP Luis Bárcenas el régimen de semilibertad que le permite salir, desde finales de diciembre, durante más de 15 horas al día del recinto penitenciario del centro de Madrid donde cumple condena, según confirman a EL PAÍS fuentes del ministerio público. Con ello, Anticorrupción pretende conocer el contenido de los informes elaborados por los profesionales penitenciarios en los que se sustentó aquella decisión para estudiar si presenta un recurso ante el juez de Vigilancia Penitenciaria en el que solicitar que Bárcenas vuelva a su situación anterior, cuando solo salía de la cárcel con permisos puntuales. El extesorero del PP, condenado a 29 años y un mes de prisión por el Tribunal Supremo por su implicación en el caso Gürtel, ha cumplido hasta ahora algo más de la mitad de los 12 años que la Audiencia Nacional le fijó como máximo de estancia en prisión.

En concreto, Anticorrupción quiere conocer el acto que se levantó de la reunión que mantuvieron en noviembre los miembros de la junta de tratamiento ―un órgano formado por profesionales penitenciarios― de la prisión de Soto del Real (Madrid) en la que se acordó proponer a Instituciones Penitenciarias que se aplicara al extesorero del PP, entonces preso en esta cárcel, el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario. Este apartado de la norma permite a Interior flexibilizar el régimen de vida penitenciario de un recluso en segundo grado (como es el caso de Bárcenas) para que pueda disfrutar de parte de los beneficios de los clasificados en tercer grado o régimen abierto como instrumento para su reinserción social. Según coinciden en señalar las fuentes consultadas, la propuesta de la junta de la cárcel de Soto del Real no fue entonces por unanimidad y la Fiscalía quiere, antes de tomar la decisión de si recurre o no, estudiar los argumentos utilizados tanto por los integrantes que defendieron aplicar al político este artículo del Reglamento Penitenciario como los que esgrimieron los que se opusieron a ello.

En aquella decisión de la prisión madrileña pesó que el extesorero había disfrutado ya de una veintena de permisos de salida sin ninguna incidencia, que había mostrado un buen comportamiento durante su encarcelamiento y que estaba participando en un programa de reinserción que incluye encuentros grupales de justicia restaurativa con víctimas de diferentes delitos. El último, con una mujer que había sufrido una agresión sexual, según detallaron entonces a este diario fuentes de su defensa. Aunque la participación en estos programas, que es voluntaria, no lleva aparejado ningún beneficio penitenciario, Prisiones sí los tiene en cuenta a la hora de concederlos.

Interior avaló un mes después la propuesta de la cárcel y Bárcenas ingresó finalmente el pasado 27 de diciembre en el Centro de Inserción Social Victoria Kent (CIS, donde cumplen condena los presos en semilibertad), en Madrid. Allí fue entrevistado entonces por el educador, el jurista, el psicólogo y el trabajador social del centro, con el objeto de diseñar el plan de ejecución para el resto de su condena. Según explican fuentes penitenciarias, en casos similares al de Bárcenas, a los reclusos se les autoriza a abandonar el CIS de lunes a viernes las horas necesarias para que acudan a la ocupación que hayan justificado, pero tienen que volver todos los días al recinto penitenciario a pasar dentro buena parte de la jornada y dormir. También se les fija un número de fines de semana al mes que pueden pasarlos en casa, que habitualmente son dos al principio. Si se observa una buena evolución del recluso, estos horarios se flexibilizan y se amplían en los meses siguientes.

Sin embargo, el plan de ejecución de la pena diseñado para el extesorero del PP es desde la primera semana mucho más amplio, prácticamente igual al que disfrutan la mayoría de los presos ya clasificados en tercer grado. En concreto, está autorizado a salir desde las 7.30 de la mañana hasta las 23.00 horas, además de pasar todos los fines de semana y festivos en su domicilio, después de que justificara ante Instituciones Penitenciarias que tenía un trabajo como contable para una empresa de su hijo Guillermo, músico y líder de la banda Taburete, y que estaba apuntado como voluntario en un comedor social regentado por una orden religiosa. En este último ya ha empezado a colaborar, según confirman fuentes de su defensa.

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