El Constitucional denegó medidas cautelarísimas en los casos que afectaban a los diputados Alberto Rodríguez y Teresa Rodríguez

Al contrario del proceder en el pleno del pasado lunes, los magistrados decidieron entonces no aceptar las medias urgentes y acordaron abrir piezas separadas

La portavoz de Adelante Andalucía, Teresa Rodríguez, tras anunciar este martes que deja su escaño en el Parlamento andaluz.Raúl Caro (EFE)

La controvertida decisión adoptada este lunes por el Constitucional al paralizar la tramitación parlamentaria de una reforma que desbloqueaba su propia renovación ha puesto de manifiesto las interpretaciones contradictorias del tribunal de garantías en resoluciones anteriores. Ni en el caso de Teresa Rodríguez y otros siete diputados autonómicos de Adelante Andalucía, ...

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La controvertida decisión adoptada este lunes por el Constitucional al paralizar la tramitación parlamentaria de una reforma que desbloqueaba su propia renovación ha puesto de manifiesto las interpretaciones contradictorias del tribunal de garantías en resoluciones anteriores. Ni en el caso de Teresa Rodríguez y otros siete diputados autonómicos de Adelante Andalucía, expulsados del grupo parlamentario al ser acusados de transfuguismo en octubre de 2020, ni en el del ex número tres de Podemos, Alberto Rodríguez, despojado un año más tarde de su escaño en el Congreso tras ser condenado por el Tribunal Supremo, el Constitucional aceptó las medidas cautelarísimas que solicitaban. Al contrario que en la resolución de este lunes, los magistrados decidieron entonces no aceptar las medidas urgentes y acordaron abrir piezas separadas para escuchar a todas las partes interesadas en el procedimiento.

Meses después de abandonar la militancia del partido fundado por Pablo Iglesias, y con los votos de PSOE y Vox, la Mesa del Parlamento andaluz aprobó la petición de Izquierda Unida y Podemos para expulsar a la líder anticapitalista, Teresa Rodríguez, y parte del grupo afín a ella de Adelante Andalucía. Tras presentar diferentes escritos en la Cámara, la diputada anunció en noviembre un recurso al Constitucional. El órgano de garantías lo admitió a trámite el 10 de mayo siguiente, pero los jueces desestimaron las cautelarísimas y acordaron abrir una pieza separada para resolver un posible reingreso en el grupo, una vez escuchadas las partes. En el auto fechado poco más de un mes después, el 21 de junio, el Constitucional denegaba de modo cautelar la suspensión de los acuerdos de la Mesa del Parlamento de Andalucía por los que los afectados pasaron a ser diputados no adscritos. El escrito argumentaba que la adopción de la medida cautelar suponía “anticipar el examen de la cuestión de fondo” que se suscita en el recurso de amparo. Es decir, que devolverles al grupo sería como adelantarse a la resolución final del órgano.

“Resulta llamativo que el Tribunal Constitucional decida por unanimidad no tomar medidas cautelares respecto a la expulsión de 11 diputados [ocho iniciales a los que se sumaron tres más] de un grupo de 17 en un Parlamento autonómico, que lleven dos años sin fallar respecto a esta expulsión y, sin embargo, decidan adoptar medidas cautelarísimas sobre una decisión que todavía no han tomado los órganos democráticos donde reside la soberanía popular para intervenir directamente en política”, ha afirmado Teresa Rodríguez, quien este lunes renunciaba a su acta de diputada en el Parlamento andaluz. Muy dura, la exparlamentaria ha valorado que el tribunal “incumple la Constitución y da un golpe a la democracia”.

El caso de Alberto Rodríguez ha seguido hasta el momento un curso similar, aunque el Tribunal Constitucional solo se ha pronunciado sobre la admisión a trámite de los dos recursos (uno contra la sentencia del Supremo y otro contra la retirada del escaño) presentados en enero y aceptados ya en mayo, siete meses después de recibir la condena. En el segundo de ellos, la defensa de Rodríguez solicita al tribunal de garantías que le devuelva su acta de diputado como medida cautelar “para evitar el daño irreparable” que provocaría tanto en su persona como a terceros (los miles de votantes canarios) el mantenimiento de la decisión que la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, adoptó en octubre de 2021. Al admitir a trámite el recurso, sin embargo, el tribunal rechazó las cautelarísimas al “no apreciar” la “urgencia excepcional” que justificaría su adopción inaudita parte de forma inmotivada. El Constitucional acordaba abrir una pieza separada de medidas provisionales para escuchar a todas las partes interesadas en el procedimiento y estudiar la petición de suspensión, una cuestión sobre la que todavía no ha fallado.

“No tiene sentido”

“No tiene sentido que sin resolver una cuestión que atañe a un legislador, el Constitucional se pronuncie sobre la paralización parcial de la tramitación de una norma en la que ese legislador tendría una posición que podría ser determinante o no”, valoran en el equipo de Rodríguez. El Supremo impuso hace más de un año al exdiputado una pena de 45 días de cárcel (sustituida por una multa) e inhabilitación para el derecho al sufragio pasivo por haberle dado una patada a un policía durante una manifestación en La Laguna (Tenerife) en 2014.

“Lo lógico es que el asunto se resolviera lo más rápido posible, porque hay una vulneración de derechos fundamentales de muchísima gente. Tristemente y para sorpresa de nadie, sabiendo cómo funcionan los poderes fácticos y la estructura judicial, ha pasado ya casi un año y no han tenido a bien reunirse para responder”, cuestiona Rodríguez, quien siempre ha denunciado que el suyo fue un caso de lawfare. “Que esto no haya ocurrido responde a una falta clara de garantías democráticas en el Estado”, denuncia ahora. “Y el Poder Judicial, lejos de servir de garante, colabora con la vulneración de estos derechos al retrasar tanto la decisión”, añade.

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