El PP no adopta medidas internas contra el diputado Alberto Casero tras la petición del Supremo al Congreso para juzgarle por malversación y prevaricación
El magistrado ve indicios de que el parlamentario del PP cometió delitos cuando era alcalde de Trujillo
El magistrado del Tribunal Supremo Andrés Palomo, que instruye la causa abierta contra el diputado del PP Alberto Casero, ha pedido este lunes a la Sala de lo Penal que pida permiso al Congreso de los Diputados para actuar contra el parlamentario por supuestos delitos de prevaricación y malversación cuando era alcalde de Trujillo (Cáceres). En un escrito remitido a la sala, Palomo propone dirigir un suplicatorio la Cámara baja para proceder penalmente contra Caser...
El magistrado del Tribunal Supremo Andrés Palomo, que instruye la causa abierta contra el diputado del PP Alberto Casero, ha pedido este lunes a la Sala de lo Penal que pida permiso al Congreso de los Diputados para actuar contra el parlamentario por supuestos delitos de prevaricación y malversación cuando era alcalde de Trujillo (Cáceres). En un escrito remitido a la sala, Palomo propone dirigir un suplicatorio la Cámara baja para proceder penalmente contra Casero al constatar “indicios racionales” de ambos delitos en varios contratos menores que el ahora diputado firmó como regidor entre los años 2017 y 2018. A preguntas de EL PAÍS, fuentes oficiales informaron de que el PP no había adoptado este lunes ninguna medida interna contra el diputado Casero tras conocer la petición de suplicatorio. No obstante, las mismas fuentes añadieron que “se tomarán las decisiones en el momento oportuno”. En casos precedentes, el Partido Popular sí tomó medidas disciplinarias. Así sucedió cuando el exministro del Interior Jorge Fernández Díaz fue procesado en el caso ‘Kitchen’ y se le suspendió provisionalmente la militancia en 2021. Lo mismo ocurrió con Eduardo Zaplana, ministro con el Gobierno de Aznar y expresidente de la Comunidad Valenciana, a quien el partido que lidera Alberto Núñez Feijóo suspendió su militancia tras ser detenido en 2018 por blanqueo, malversación y prevaricación.
El diputado del PP Alberto Casero, que saltó a la fama por su error fatal en la votación de la reforma laboral en el Congreso, declaró en junio pasado ante el instructor del Supremo y admitió que, durante su etapa como alcalde, firmó algunos contratos que no se ajustaron al procedimiento legal, pero ha defendido que, en todo caso, solo hubo “irregularidades administrativas”, nunca un delito como sostuvo una juez del municipio extremeño. El magistrado Palomo considera, sin embargo, que la documentación remitida por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 2 de Trujillo (Cáceres) contiene “indicios racionales de criminalidad” para inculpar formalmente al parlamentario, para lo que, al tratarse de un aforado, hace falta una autorización previa de la Cámara.
La exposición razonada enviada a la Sala II para que lo remita al Congreso recoge esos indicios indicativos de que Casero, en su condición de alcalde de Trujillo, en marzo de 2017 y diciembre de 2018, concertó “con diferentes personas y entidades”, contratos de servicio, patrocinio o convenios, “incumpliendo todo tipo de formalidad exigida al efecto por la normativa aplicable en cada caso”, según explica el escrito, que especifica que su relato debe entenderse realizado “a título meramente indiciario y provisorio”, sin que quepa, por tanto, considerarla como una afirmación “fáctica verificada probatoriamente”. Para saber si realmente hubo delito, advierte Palomo, habrá que juzgar a Casero.
Según el instructor, los episodios relatados por la juez de Trujillo no solo suponen “reiteradas y admitidas irregularidades administrativas, sino un modo de proceder del aforado que identifica su voluntarismo al margen de cualquier interpretación con un resquicio de racionalidad del ordenamiento jurídico”. “Con vedadas contrataciones verbales o sin tramitación ni publicidad alguna en los supuestos que la cuantía lo requería, elusión de los mecanismos de control, asunción directa de pagos por la integridad de los servicios que además de periódicos se prestaban a entidad en la que el municipio solo era una parte”, lo que, según el juez del Supremo, puede constituir un delito de prevaricación.
El magistrado ve también indicios de malversación —penada con cárcel— porque la actuación de Casero revelan que se excedió “en sus facultades de administración del patrimonio del Ayuntamiento, causando un verdadero perjuicio al mismo, cuya cuantía, en este momento indiciario, superaría los 50.000 euros, en relación con aquellos pagos que no competían al Ayuntamiento o se realizaron por servicios no prestados”.
Por otra parte, el magistrado ha dictado un auto en el que rechaza el archivo de la causa solicitado por el diputado del PP al considerar que resulta necesaria la investigación efectiva de conductas susceptibles de integrarse en delitos de prevaricación y malversación.
La causa contra Casero partió de una denuncia de la Fiscalía por supuestas irregularidades en contratos y convenios acordados por el ahora diputado cuando era alcalde de Trujillo. La Fiscalía considera que el alcalde se saltó todos los procedimientos de contratación al evitar concursos públicos, informes de fiscalización o directamente sin informar a la administración local que él mismo dirigía.
La investigación se centra en seis casos concretos, que costaron al Ayuntamiento de Trujillo más de 100.000 euros. El primer contrato sospechoso es el de un psicólogo que firmó Casero en marzo de 2017 “ocultándolo al Ayuntamiento, sin aportar el contrato, sin expediente de contratación, sin informe sobre la necesidad del servicio y sin aprobación del gasto”. Meses después, suscribió otro convenio de 25.000 euros con la Cámara de Comercio de Perú “sin dar cuenta a los servicios económicos y jurídicos del Ayuntamiento, sin que el acuerdo fuera aprobado previamente y sin someterlo a información pública ni publicarse en el BOE”.
El alto tribunal subraya otro contrato de 2017 por el que el entonces alcalde de Trujillo pactó verbalmente aportar 18.000 euros a un acto que organizaba la entidad Asociación Cultural Bon Vivant, con la que ya en julio de 2018 cerró otro contrato de patrocinio por 18.000, en el que se comprometía, además, a asumir “otros costes”. Ambos fueron suscritos “sin seguir procedimiento administrativo alguno”. Finalmente, el Supremo detalla otros dos asuntos de 2018: la contratación de Ícaro Consultores en Comunicación para organizar un acto por importe de 14.303 euros más IVA y la concertación con Radio Interior S. L. de un contrato de servicios de comunicación y promoción de la Feria del Queso de Trujillo por más de 15.000 euros. Para este último, Casero supuestamente empleó el procedimiento propio del contrato menor cuando la cuantía impedía hacerlo por este método.