El Supremo revoca la absolución de un ex alto mando de la Guardia Civil de Granada de tráfico de droga y cohecho por falta de motivación
La Sala Penal considera que la decisión de no condenar a Francisco García Santaella carece de “lógica”
El Tribunal Supremo ha ordenado a la Audiencia Provincial de Granada que vuelva a deliberar y dictar sentencia sobre el proceso abierto contra un exalto mando de la Guardia Civil que fue absuelto de colaborar con una banda de narcotraficantes y facilitar la entrada de hachís a través de la costa granadina en 2005 y 2006. La Audiencia lo absolvió en septiembre de 2019 de los delitos de tráfico de hachís y cohecho por los que había sido juzgado, pero la Sala de lo Penal ha revocado ahora esa se...
El Tribunal Supremo ha ordenado a la Audiencia Provincial de Granada que vuelva a deliberar y dictar sentencia sobre el proceso abierto contra un exalto mando de la Guardia Civil que fue absuelto de colaborar con una banda de narcotraficantes y facilitar la entrada de hachís a través de la costa granadina en 2005 y 2006. La Audiencia lo absolvió en septiembre de 2019 de los delitos de tráfico de hachís y cohecho por los que había sido juzgado, pero la Sala de lo Penal ha revocado ahora esa sentencia al concluir que no estuvo suficientemente motivada.
La sentencia de la Audiencia Provincial consideró probado que el acusado, Francisco García Santaella, un coronel que era Comandante Jefe de la Policía Judicial de la provincia, se asoció con dos narcos para introducir al menos tres alijos de hachís en España desde Marruecos. En los dos primeros el coronel se encargó de impedir que la droga fuera interceptada por la Guardia Civil, mientras que el tercero, de poca calidad, sí fue aprehendido para no levantar sospechas.
Los jueces de Granada absolvieron al agente tanto del delito de tráfico de drogas como del de cohecho, pero el Supremo considera que no han quedado claras las razones para eximirle ni de uno ni de otro. El primero se consideró probado, pero la Audiencia Provincial concluyó que estaba prescrito porque habían pasado más de cinco años desde que se produjeron los alijos y descartó aplicar la categoría de especial gravedad, que retrasa hasta los 10 años la prescripción. El alto tribunal le reprocha ahora esta decisión.
“La motivación expresada en la sentencia sobre la absolución no es razonable al obviar criterios de lógica sobre el peso y los presupuestos de agravación en el tipo agravado, asentadas en la disposición de medios y en la organización de la que se dispone”, apuntala Sala, que advierte de que el hecho de que el acusado fuera el jefe de la lucha contra el narcotráfico debe ser tenido en cuenta al dictar la sentencia. “El que el máximo responsable policial de la demarcación, encargado de la represión penal de conductas delictivas relativas al tráfico de sustancias estupefacientes, sea acusado, y se declara probado, que colabora con los autores de la llegada a España, vía marítima, de las sustancias que debe reprimir, resulta escandaloso”, señala la sentencia del alto tribunal, de la que ha sido ponente Andrés Martínez Arrieta.
El Supremo tampoco considera “lógica” la absolución del delito de tráfico de drogas, del que el coronel fue eximido por la falta de credibilidad de las personas que declararon haber realizado las entregas del dinero -120.000 euros- y un coche. La Audiencia de Granada tendrá ahora que retrotraer el proceso al momento posterior al juicio: es decir, volver a deliberar y decidir si condena o absuelve al agente, para el que la Fiscalía solicitó nueve años de cárcel y 6,3 millones de euros de multa.