Los condenados por el ‘procés’ piden al Constitucional que anule la sentencia
Los primeros recursos de amparo de Sànchez, Rull y Turull plantean que se vulneraron sus derechos fundamentales
La defensa de tres de los condenados en la causa del procés ha presentado los primeros recursos de amparo ante el Tribunal Constitucional. Se trata de Jordi Sànchez, Jordi Turull y Josep Rull, defendidos todos ellos por el letrado Jordi Pina durante el juicio. En todos los casos se considera que durante la instrucción del caso y durante la vista se vulneraron derechos fundamentales de los acusados, y se solicita que la concesión del amparo implique la anulación de la sentencia dictada por la Sala Penal del Tribunal S...
La defensa de tres de los condenados en la causa del procés ha presentado los primeros recursos de amparo ante el Tribunal Constitucional. Se trata de Jordi Sànchez, Jordi Turull y Josep Rull, defendidos todos ellos por el letrado Jordi Pina durante el juicio. En todos los casos se considera que durante la instrucción del caso y durante la vista se vulneraron derechos fundamentales de los acusados, y se solicita que la concesión del amparo implique la anulación de la sentencia dictada por la Sala Penal del Tribunal Supremo.
Los amparos plantean que los derechos vulnerados habrían sido el relativo a la no discriminación por razones lingüísticas (artículo 14 de la Constitución), a la libertad ideológica (art. 16), a la libertad (art. 17), a los derechos de reunión y manifestación (art. 21), a la defensa, la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías (art. 24) y a la legalidad penal (art. 25.1). Todo ello se alega no solo contra la sentencia de 14 de octubre de 2019, sino también contra el auto de 29 de enero de 2020, también dictado por la Sala Segunda del Supremo para rechazar los incidentes de nulidad que presentó la defensa como paso previo a las impugnaciones ante el Constitucional.
La vulneración del derecho de defensa se alega por no haber tenido los letrados acceso a la instrucción del Juzgado de Instrucción 13 de Barcelona, por la imposibilidad de contrastar las declaraciones testificales con la prueba documental videográfica, por denegación de pruebas solicitadas en tiempo y forma y por restricción en los interrogatorios a testigos. Todas estas vulneraciones “fueron alegadas, según el caso, mediante cuestión previa, en las correspondientes protestas orales durante el juicio o en escrito de conclusiones definitivas, no habiendo sido reparadas en sentencia”, se recuerda en el recurso.
Con la presentación de los recursos de amparo los condenados del procés dan el primer paso para acudir luego ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). Las impugnaciones ante el Tribunal de Estrasburgo requieren que primero se haya agotado la vía interna en cada país.