Análisis

Respetar toda la legalidad

La sentencia de Estrasburgo evita que 69 de los 234 presos de ETA vean disminuida significativamente su condena

Manifestación en San Sebastian por el acercamiento de presos de ETA.Foto: atlas | Vídeo: javier hernandez (EL PAÍS) / ATLAS

Contra pronóstico, el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo ha dado la razón al Estado español y ha rechazado el recurso de tres presos etarras para que se les redujera las penas cumplidas en Francia. Eso evita que 69 de los 234 presos de la banda terrorista vean disminuida significativamente su condena. Tal era el clamor ayer a primera hora de que el fallo favorecería a los presos etarras que en medios conservadores ya había empezado la campaña contra el Tribunal de Estrasburgo por “be...

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Contra pronóstico, el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo ha dado la razón al Estado español y ha rechazado el recurso de tres presos etarras para que se les redujera las penas cumplidas en Francia. Eso evita que 69 de los 234 presos de la banda terrorista vean disminuida significativamente su condena. Tal era el clamor ayer a primera hora de que el fallo favorecería a los presos etarras que en medios conservadores ya había empezado la campaña contra el Tribunal de Estrasburgo por “beneficiar a los etarras”.

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Sin embargo, en perspectiva, la sentencia no debe sorprender. Hace cinco años, el Tribunal de Estrasburgo dio la razón a varios presos etarras para que no se les aplicara retrospectivamente la doctrina Parot —cálculo de la reducción de la pena por beneficios penitenciarios en función de la condena total y no de la máxima de 30 años—, con lo que 60 fueron excarcelados. Ese precedente hizo pensar que el tribunal volvería a dar la razón a los presos etarras. Pero se olvidó que en 2009 el mismo tribunal dio un varapalo a la izquierda abertzale al avalar su ilegalización.

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No puede dudarse de la imparcialidad del Tribunal de Estrasburgo. La sentencia especifica, además, las diferencias entre el caso Parot y el presente. Argumenta que en este caso no hay retroactividad porque el derecho español no preveía en un grado razonable que las penas ya cumplidas en Francia se tomarían en cuenta para determinar la duración de la pena máxima de 30 años.

Las sentencias de Estrasburgo tienen consecuencias políticas. Así como la que avaló la ilegalización de la izquierda abertzale reforzó la posición de quienes querían acabar con el terrorismo, la sentencia de ayer favorece la reinserción de los presos etarras. Para lograr beneficios penitenciarios, no pueden esperar soluciones exteriores. Tendrán que cumplir la legalidad española, que les exige autocrítica por el daño causado. En los últimos meses, el 45% de los presos etarras han solicitado al Ministerio del Interior un cambio de grado.

El Gobierno, a su vez, está aliviado: de haber fallado el Tribunal de Estrasburgo a favor de los presos etarras, además de cuestionar al ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska —que fue juez de la sentencia española—, hubiera sufrido la exigencia de varias asociaciones de víctimas de un recurso sin posibilidades. El Ejecutivo, con el horizonte despejado y la complicidad reforzada con las asociaciones de víctimas tras esta resolución judicial, debe cumplir, también, otros aspectos de la legalidad como agilizar el acercamiento de presos a cárceles vascas o próximas y conceder beneficios penitenciarios a quienes cumplan los requisitos legales. Es, también, respetar la legalidad y favorecer la convivencia.

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