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Coordinado por Gonzalo Fanjul y Patricia Páez

El riesgo de legislar a ciegas

Un inmigrante recibe asesoramiento en la asociación Karibu. Foto: SAMUEL SÁNCHEZ/EL PAÍS

Desde que el gobierno introdujera en abril de 2012 su norma restringiendo el acceso de los inmigrantes irregulares a la sanidad, este asunto se ha convertido en objeto permanente de debate. Lamentablemente, de todas las cosas que hemos tenido ocasión de escuchar, ninguna de ellas un cálculo preciso del ahorro que supondría la medida, entre otras razones porqueel Ministerio del Interior ni siquiera es capaz de ofrecer una cifra ajustada del número de extranjeros en situación irregular que residen en nuestro país.

La ausencia de causas justificadas para la reforma-más allá de las ideológicas- ha sido señalada por el Tribunal Constitucional y la Defensora del Pueblo, entre otros muchos.Pero ninguno de ellos ha sido capaz de ofrecer datos que iluminen este debate. De hecho, la intensidad con la que se ha desarrollado el conflicto político contrasta con la ausencia absoluta de datos firmes para justificar las diferentes posiciones.

Por eso resulta tan relevante la publicación hace unas semanas de un informe de la Agencia Europea para los Derechos Fundamentales (un organismo que asesora oficialmente a las instituciones comunitarias) en el que se realiza una estimación de los costes asociados a la restricción de la sanidad para los inmigrantes. Sus resultados merecen ser colgados en más de un despacho del Ministerio de Sanidad.

El estudio ha sido realizado en tres países (Alemania, Grecia y Suecia) y se centra en dos grupos de enfermedades: la hipertensión y los problemas derivados de no recibir atención prenatal. Como señalan sus autores, en ambos casos se trata de patologías que afectan al derecho fundamental de los pacientes a la salud. En los tres países el acceso gratuito a la sanidad está limitado para los inmigrantes irregulares a la atención de emergencia. Cualquier otro tipo de servicio (incluyendo el acceso a los fármacos) está sujeto al pago de una cantidad variable.

Los resultados admiten poca interpretación. En el caso de la hipertensión, el modelo elaborado para la realización del estudio sugiere que el uso regular de tratamientos preventivos supondría durante el primer año un ahorro para la sanidad pública del 9% del gasto en Grecia y Alemania, y del 8% en Suecia. El ahorro medio en los tres países se incrementaría al 12-13% en el plazo de dos años y al 16% a lo largo de toda la vida del paciente. La posibilidad de evitar consecuencias dramáticas como un ictus o un infarto de miocardio no solo afecta a la salud de la persona, sino también a la de las arcas públicas.

¿Qué ocurre en el caso de la atención prenatal de mujeres embarazadas? El análisis de dos años de atención (el período previo al parto y los costes asociados a la mejor o peor salud de los recién nacidos) indica que el pleno acceso a los servicios de prevención y atención sanitaria supone un ahorro tangible para el gasto público: hasta el 48% en Alemania y Grecia, y hasta el 69% en Suecia.

Es posible que las estimaciones de la Agencia Europea para los Derechos Fundamentales varíen cuando se consideran otras enfermedades y países. Pero el mensaje principal que quiere trasladar el informe permanece invariable: cuando se trata de la negación de derechos fundamentales como el del acceso a la sanidad, hace falta algo más que un argumentario de partido y un cálculo realizado en el reverso de una servilleta, que es precisamente lo que han hecho el Partido Popular y Ciudadanos. Cualquiera de nosotros se alarmaría si estas formaciones jugasen a la ruleta rusa con nuestra salud. No existe ninguna razón para que puedan hacerlo con los inmigrantes irregulares.

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