Los duques de Alba ganan una demanda a ‘Sálvame’

El Supremo condena a Telecinco y a la Fábrica de la tele por intromisión ilegítima en el derecho al honor y a la intimidad El programa difundió una conversación íntima de la pareja

Los duques de Alba, en Sevilla.CORDON

La Sala Primera del Tribunal Supremo ha confirmado la condena impuesta a Gestevisión Telecinco y a La Fábrica de la Tele S.A., por intromisión ilegítima en el derecho al honor y a la intimidad de la duquesa de Alba y su marido, Alfonso Díez. El matrimonio formuló demanda de protección del derecho al honor y la intimidad tras la emisión en el programa de televisión Sálvame Diario, del 3 d...

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La Sala Primera del Tribunal Supremo ha confirmado la condena impuesta a Gestevisión Telecinco y a La Fábrica de la Tele S.A., por intromisión ilegítima en el derecho al honor y a la intimidad de la duquesa de Alba y su marido, Alfonso Díez. El matrimonio formuló demanda de protección del derecho al honor y la intimidad tras la emisión en el programa de televisión Sálvame Diario, del 3 de septiembre de 2009, en el que se difundió una conversación telefónica de la pareja acompañada de "comentarios jocosos y sarcásticos" sobre ellos. Los condenados tendrán que pagar una indemnización de 300.000 euros.

En relación con la controversia de fondo (conflicto entre el derecho al honor y a la intimidad de los demandantes y la libertad de expresión del medio), se reitera la doctrina de dicha Sala que, en línea con la fijada por el Constitucional, según la cual la libertad de expresión no se justifica cuando el interés público de las manifestaciones no existe o es muy escaso. En este caso se trataba, según la sentencia, de comentarios al hilo de una conversación privada entre los demandantes. Además se ha tenido en cuenta que para expresar la opinión o realizar la crítica, se han usado "expresiones, palabras o frases que pueden resultar insultantes o ridiculizadoras". Entre ellas, la sala destaca que queda probado que se utilizó un "tono burlesco, sarcástico, de chanza y mofa y que se insinuó tanto una supuesta homosexualidad del marido como que podía estar siendo infiel a la duquesa".

Desde la perspectiva de la intimidad, la sentencia entiende que la ilegitimidad de la intromisión resulta todavía más clara pues la grabación y difusión de conversaciones privadas no tiene en este caso ningún interés general ni trascendencia pública.

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