Editorial

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Los casos de niños robados y adopciones ilegales no deben perderse en el laberinto judicial

El Gobierno y el Parlamento dan ciertas muestras de interés por impulsar las indagaciones sobre el robo de niños utilizados para adopciones ilegales, una lacra que se abatió sobre España en la posguerra, en plena dictadura franquista, y duró hasta 1987, ya en la época democrática. Es importante que ese impulso no se quede en un brindis al sol, dado el pobre resultado que proporciona la vía judicial. Hay 1.414 causas abiertas por estos hechos, según se recoge en un informe de la Defensora del Pueblo, pero solo se sabe de la imputación de una persona por presunta detención ilegal, en concreto un...

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El Gobierno y el Parlamento dan ciertas muestras de interés por impulsar las indagaciones sobre el robo de niños utilizados para adopciones ilegales, una lacra que se abatió sobre España en la posguerra, en plena dictadura franquista, y duró hasta 1987, ya en la época democrática. Es importante que ese impulso no se quede en un brindis al sol, dado el pobre resultado que proporciona la vía judicial. Hay 1.414 causas abiertas por estos hechos, según se recoge en un informe de la Defensora del Pueblo, pero solo se sabe de la imputación de una persona por presunta detención ilegal, en concreto una monja en un juzgado de Madrid.

La Fiscalía General del Estado frenó, hace ya un año, la tendencia a considerar prescritos los delitos denunciados. La gran mayoría de los procesos por robos de bebés fueron iniciados mucho después de ocurridos los hechos, lo cual pone las cosas muy difíciles a los que recurren a la justicia para buscar a hijos o hermanos, y reduce el ámbito judicial a los que se han enterado ahora de que son hijos adoptados, porque en estos casos el plazo de prescripción empieza a contar desde que cumplieron los 18 años. Es cierto que el paso del tiempo complica la obtención de pruebas, pero el hallazgo de sepulturas vacías, en las que debería haber cuerpos de bebés, dan base a las firmes sospechas sobre la existencia del tráfico ilegal de recién nacidos.

El Tribunal Supremo ha alzado otro obstáculo, cerrando la vía a los “juicios de la verdad”: no se puede averiguar el paradero de desaparecidos ni dar satisfacción a las víctimas sin que exista un imputado vivo y siempre que el delito no haya prescrito, según la doctrina sentada en la sentencia sobre Baltasar Garzón y la investigación de los desaparecidos del franquismo.

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Por eso las actuaciones judiciales en curso son meros datos sueltos. Estamos ante una cadena escandalosa de hipocresías, de fundamentalismo moral y de silencios cómplices, que sostuvieron semejante aberración durante decenios y que afecta a miles de personas. El coraje de las asociaciones de víctimas ha de verse correspondido con un fuerte impulso por parte del Ejecutivo —varios ministros tienen citados a grupos de afectados— y el Congreso debería mostrarse muy activo. Lo intolerable sería condenar a la vía muerta a un asunto en el que la investigación institucional ha resultado escasa.

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