Salud pagará 97.600 euros a una niña discapacitada por negligencia en el parto

Una mujer fue diagnosticada en el hospital de Figueres de un cólico nefrítico cuando estaba a punto de dar a luz

Un juzgado de Barcelona ha condenado al Servicio Catalán de la Salud (ICS) a indemnizar con 97.600 euros a una mujer por la incapacidad permanente que sufre su hija debido a una negligencia médica durante el parto, que tuvo lugar en el año 1997 en el Hospital de Figueres (Barcelona). En su sentencia, el juzgado contencioso administrativo número 11 de Barcelona estima parcialmente el recurso presentado por la madre de la niña, que tiene una incapacidad permanente que exige tratamiento médico de por vida debido a las lesiones que sufrió durante su nacimiento.

Según cree probado el juez, l...

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Un juzgado de Barcelona ha condenado al Servicio Catalán de la Salud (ICS) a indemnizar con 97.600 euros a una mujer por la incapacidad permanente que sufre su hija debido a una negligencia médica durante el parto, que tuvo lugar en el año 1997 en el Hospital de Figueres (Barcelona). En su sentencia, el juzgado contencioso administrativo número 11 de Barcelona estima parcialmente el recurso presentado por la madre de la niña, que tiene una incapacidad permanente que exige tratamiento médico de por vida debido a las lesiones que sufrió durante su nacimiento.

Según cree probado el juez, las pruebas efectuadas evidencian que en la asistencia sanitaria en el Hospital de Figueres se produjo "una actitud negligente", ya que el equipo médico debía de haber inducido al parto a la mujer, para evitar el sufrimiento fetal que acabó derivando en tan graves consecuencias.

La mujer, representada por la asociación Defensor del Paciente, ingresó en el hospital el 24 de septiembre de 1997 erróneamente diagnosticada con un cólico nefrítico, pero al día siguiente se descubrió que las molestias que presentaba eran compatibles con el inicio del parto.

Su hija nació la noche del 26 de diciembre con una neumonía provocada por la aspiración del meconio existente en el líquido amniótico, que no había podido ser analizado porque la máquina del laboratorio estaba estropeada.

Para el juez, ante la imposibilidad de analizar el PH fetal, el equipo médico debía haber inducido el parto para evitar el sufrimiento fetal, e instalar suelo fisiológico en la cavidad amniótica con el propósito de diluirlo.

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