Batasuna mantiene la marcha de San Sebastián pese a la prohibición de los jueces

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco rechaza el recurso presentado por la formación ilegalizada

Batasuna ha calificado, en un comunicado, de "gravísima" esta decisión del TSJPV que, en su opinión, "no hace justicia", porque "prohíbe un derecho fundamental como es el de manifestación". "Es una resolución motivada, fundamentalmente, en la ley de Partidos; una ley antidemocrática consensuada entre el PP y el PSOE y que tiene en contra a la mayoría de la sociedad vasca".

Los jueces han rechazado por dos votos contra uno -el emitido por su presidente Manuel Díaz de Rábago- el recurso contra la prohibición de la marcha presentado por Jone Goirizelia, abogada del convocante de la manife...

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Batasuna ha calificado, en un comunicado, de "gravísima" esta decisión del TSJPV que, en su opinión, "no hace justicia", porque "prohíbe un derecho fundamental como es el de manifestación". "Es una resolución motivada, fundamentalmente, en la ley de Partidos; una ley antidemocrática consensuada entre el PP y el PSOE y que tiene en contra a la mayoría de la sociedad vasca".

Los jueces han rechazado por dos votos contra uno -el emitido por su presidente Manuel Díaz de Rábago- el recurso contra la prohibición de la marcha presentado por Jone Goirizelia, abogada del convocante de la manifestación, el ex concejal de Euskal Herritarrok (EH) Iñigo Balda, que alegaba que Interior había acordado la prohibición cinco días después de que fuera comunicada la convocatoria y no dentro de las 72 horas que establece la ley.

El tribunal considera que la manifestación estaba convocada por Batasuna, partido político ilegalizado y disuelto, y que sólo por este argumento cabía prohibir la convocatoria del domingo. Los dirigentes de Batasuna, en días pasados, manifestaron que mantendrían la convocatoria incluso aunque fuera prohibida por los tribunales, aunque la abogada Jone Goirizelaia, representante del convocante, el ex concejal de Batasuna en San Sebastián, ha dicho que su cliente acataría la resolución.

La sentencia reconoce que el acuerdo de Interior fue extemporáneo, pero que esta circunstancia no "vicia de nulidad" el acto administrativo. En este sentido, el Tribunal afirma que el día 9 -la manifestación había sido comunicada el día 5- se produjo un hecho "que debe ser tenido en cuenta". Se trata de la celebración de una rueda de prensa en la que estuvieron varios dirigentes de Batasuna, entre ellos Arnaldo Otegi, en el que se hizo un llamamiento a participar en la manifestación y se exhibió un cartel de convocatoria con al firma de Batasuna.

El hecho de que sea Batasuna quien realmente promueve la manifestación es considerada por el tribunal como causa suficiente para prohibir el acto, pero, además, la sentencia admite la argumentación del Departamento de Interior que había indicado que existe el riesgo de que se produzcan incidentes. Como ejemplo de este riesgo recuerda una manifestación convocada por la misma persona que, pese a estar prohibida, se llevó a cabo el día 23 en San Sebastián y en la que se registraron graves incidentes y alteraciones de orden público.

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