EL FUTURO DEL PAÍS VASCO

El Tribunal Superior del País Vasco admite el recurso de Álava contra el 'Plan Ibarretxe'

La decisión no suspende la tramitación del proyecto de reforma del Estatuto

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado por la Diputación de Álava contra la aprobación por parte del Consejo de Gobierno Vasco de la propuesta de reforma del Estatuto, según han informado fuentes forales.

El recurso ha sido admitido a trámite, con dos votos particulares en contra, por tres votos a favor de la admisión. Esta admisión no produce efectos inmediatos sobre la propuesta del lehendakari, es decir, su tramitación no se suspende.

Según el diputado general de este territorio, Ramón Raba...

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El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado por la Diputación de Álava contra la aprobación por parte del Consejo de Gobierno Vasco de la propuesta de reforma del Estatuto, según han informado fuentes forales.

El recurso ha sido admitido a trámite, con dos votos particulares en contra, por tres votos a favor de la admisión. Esta admisión no produce efectos inmediatos sobre la propuesta del lehendakari, es decir, su tramitación no se suspende.

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Según el diputado general de este territorio, Ramón Rabanera (PP), los motivos del recurso fueron la "falta de audiencia" de Alava en la elaboración de una propuesta que, a juicio de la Diputación, afecta directamente a los derechos forales de este territorio, falta de consulta que la Diputación considera un defecto de forma.

Además, la Diputación ve otro posible defecto de forma en que la la propuesta supone una modificación de la Constitución española, para lo que no está autorizado el Consejo de Gobierno Vasco.

Voto particular

Los tres jueces que han decidido la admisión a trámite consideran que la Jurisdicción Contenciosa es competente para resolver la impugnación al acto de aprobación de la propuesta de nuevo Estatuto.

Los otros dos magistrados que han formulado voto particular argumentan que la Jurisdicción Contenciosa no puede resolver sobre un acto de simple comunicación a la Cámara vasca por carecer de efecto jurídico. En su opinión, para que los tribunales puedan actuar, tiene que ser aprobado y, entonces, sería el Tribunal Constitucional el competente para resolverlo.

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