Bruselas denuncia a España ante la justicia europea por incumplir “notablemente” la directiva de contratación pública

“Los esfuerzos hechos por las autoridades españolas han sido insuficientes”, apunta la Comisión

Obras de construcción del hospital Isabel Zendal, de la Comunidad de Madrid.Pablo Monge

España acumula una nueva denuncia de la Comisión Europea ante la justicia europea. En esta ocasión, el Ejecutivo de la UE acusa al Estado español de que sus normas de contratación pública “se apartan notablemente de las leyes europeas” en lo relativo a “los tipos de poderes adjudicadores, los tipos de contratos y las modificaciones de los contratos que deben ajustarse a la legislación nacional de contratación pública que transpone las directivas”. Desde Bruselas, ...

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España acumula una nueva denuncia de la Comisión Europea ante la justicia europea. En esta ocasión, el Ejecutivo de la UE acusa al Estado español de que sus normas de contratación pública “se apartan notablemente de las leyes europeas” en lo relativo a “los tipos de poderes adjudicadores, los tipos de contratos y las modificaciones de los contratos que deben ajustarse a la legislación nacional de contratación pública que transpone las directivas”. Desde Bruselas, este año ya se han abocado a los jueces de Luxemburgo varios incumplimientos por parte de España, como la directiva sobre fusiones transfronterizas.

La Comisión abrió el expediente de infracción a España hace ahora tres años. A la primera respuesta española, le siguió una opinión razonada desde Bruselas apuntando por qué se considera que no se ha traspuesto correctamente la directiva de contratación pública. “Sin embargo, hasta la fecha, España aún no ha introducido los cambios necesarios en su legislación para hacerla compatible con todas las obligaciones que impone la legislación de la UE”. Añade el comunicado emitido este lunes, en el que hay también se informa de los pasos dados con otros ocho procedimientos de sanción a España, “los esfuerzos hechos hasta ahora por las autoridades españolas han sido insuficientes”.

Hace ahora 10 años que se aprobó la directiva de contratación pública. Como hacen normalmente estas normas europeas, que deben trasponerse a la legislación nacional, dejaba un plazo de casi dos años para dar este paso. Es decir, la fecha marcada para incorporar la norma a las leyes nacionales era el año 2016. España notificó que lo había hecho. Pero posteriormente la Comisión concluyó que las medidas aprobadas eran insuficientes: “No se han introducido todavía cambios en la legislación [española] que la hagan compatible con todas las obligaciones de las leyes de la UE”.

El Ejecutivo comunitario ya dio a España un tirón de orejas En diciembre de 2021, cuando envió una carta de emplazamiento a España. La primavera de este año volvió a dar un toque de atención, con la publicación de un dictamen motivado. Y ahora, como último paso, se ha dirigido a la Justicia comunitaria. La principal queja es que la normativa española se aleja de la europea sobre todo en cuanto a “los tipos de autoridades, contratos y modificaciones de contratos que deben cumplir las normas de contratación pública”.

Esas leyes buscan crear una legislación básica común en la UE para que haya condiciones de igualdad en toda Europa para todas las empresas, es decir, para no distorsionar la competencia en un mercado de dos billones de euros anuales, una cantidad equivalente al 14% del PIB de la Unión, según los números de la Comisión. “Estas normas regulan la forma en que las autoridades públicas y determinados operadores de servicios públicos adquieren bienes, obras y servicios. Se incorporan a la legislación nacional y se aplican a las licitaciones cuyo valor monetario supera un determinado importe. Para las licitaciones de valor inferior, se aplican las normas nacionales. No obstante, estas normas nacionales también deben respetar los principios generales de la legislación de la UE”.

Otro caso en el que se anunció la remisión del asunto a los tribunales fue el de la trasposición de la directiva que establece un tipo efectivo mínimo del 15% en el impuesto de sociedades. Esto se anunció en octubre pasado. Pero poco después se aprobó la legislación en la que se trasponía.

Requerimientos por el etiquetado de residuos y las concesiones en la costa

A la denuncia por la inadecuada transposición de la directiva sobre contratación pública se han sumado otros procedimientos. La Comisión también ha enviado una carta de emplazamiento a España por considerar que no cumple con los requisitos de etiquetado para la separación de residuos, pues considera que no respetan el principio de libre circulación de mercancías. Aunque todavía no hay normas comunes sobre este asunto, el nuevo reglamento sobre envases y residuos de envases está a punto de ser aprobado e incluye disposiciones para avanzar hacia la armonización. “Hasta que se establezcan estos requisitos a nivel de la UE, las leyes nacionales no deberían crear una carga innecesaria para el comercio intracomunitario. Los requisitos nacionales de etiquetado pueden suponer un importante obstáculo para el mercado único y socavar gravemente el principio de libre circulación de mercancías”, argumenta el Ejecutivo comunitario, que da a España dos meses para responder y subsanar las deficiencias señaladas por la Comisión.

Bruselas también considera que las reglas españolas de adjudicación y prórroga de concesiones para construir locales en las costas viola las directivas comunitarias, por lo que enviará otro dictamen motivado. Asimismo, abrirá un procedimiento de infracción a España por no haber designado aún a las autoridades competentes que garanticen el cumplimiento del reglamento SEPA en operaciones bancarias transfronterizas, y otro por no cumplir las normas europeas sobre cualificaciones profesionales, unas reglas que permiten a los trabajadores operar de forma temporal en los distintos países europeos. En este último caso, el incumplimiento es generalizado: hasta 22 Estados recibirán una carta de emplazamiento, entre ellos Dinamarca, Alemania, Irlanda y Países Bajos, pues imponen unos “controles previos de forma injustificada para varias profesiones”.

Otro campo en el que la Comisión Europea ve incumplimiento por parte de ocho países es en la aplicación de la directiva que impone normas comunes en la aplicación de peajes y viñetas. La Comisión ha dado este lunes un ultimátum a España por no haber trasladado en plazo a su legislación nacional la reforma de las normas sobre el pago de peajes y viñetas, una revisión que desde marzo de este año los países deberían haber aplicado también al marco para turismos, autobuses, autocares y vehículos pesados pequeños.

Ultimátum por peajes y viñetas

El Ejecutivo comunitario da un nuevo plazo de dos meses a España para responder al requerimiento y “resolver las deficiencias” o, de lo contrario, el Ejecutivo comunitario podrá dar el paso de elevar el caso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), según recoge Europa Press.

La Directiva del eurodistintivo establece normas comunes sobre la imposición de tasas basadas en la distancia (peajes) y en el tiempo (viñetas) para que los países puedan recuperar los costes de la infraestructura, desde la construcción de la carretera hasta su explotación y mantenimiento. En 2022 se acordó una modificación para incluir en el ámbito de aplicación a turismos, autobuses, autocares y vehículos pesados pequeños que debía haber sido trasladada a las legislaciones nacionales en marzo de este año a más tardar, pero que ni España ni otros siete Estados miembro ―que también han sido apercibidos― han cumplido.

La nueva normativa también exige a los Estados miembro incluir los costes medioambientales de la contaminación atmosférica en sus sistemas de tarificación para establecer cargos en función de las emisiones de CO₂ de un vehículo, con el fin de reducir las emisiones y fomentar el uso de vehículos pesados más limpios.

Enviará por ello una misiva a España, Bulgaria, Grecia, Italia, Luxemburgo, Malta, Polonia y Portugal, que no han comunicado sus medidas de transposición. España y Portugal también recibirán un dictamen motivado por no haber notificado a la Comisión las normas sobre sanciones en caso de infracción del reglamento que establece un producto paneuropeo de pensiones individuales, un plan de pensiones individual voluntario de ahorro para la jubilación.

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