Bruselas acusa a Apple de incumplir la ley europea de competencia en Internet
La conclusión preliminar de la Comisión apunta a que la empresa no permite a los desarrolladores de aplicaciones informar de otras opciones de compra más baratas
Apple no cumple con la nueva ley de mercados digitales de la Unión Europea. La conclusión preliminar de la Comisión Europea es clara: el gigante digital impide “a los desarrolladores de aplicaciones dirigir libremente a los consumidores hacia canales alternativos para ofertas y contenidos” y eso va contra las normas de la UE. El desafío de la empresa va más allá a ojos del Ejecutivo comunitario, que, además de lanzarle esta acusación, le ha abierto un nu...
Apple no cumple con la nueva ley de mercados digitales de la Unión Europea. La conclusión preliminar de la Comisión Europea es clara: el gigante digital impide “a los desarrolladores de aplicaciones dirigir libremente a los consumidores hacia canales alternativos para ofertas y contenidos” y eso va contra las normas de la UE. El desafío de la empresa va más allá a ojos del Ejecutivo comunitario, que, además de lanzarle esta acusación, le ha abierto un nuevo expediente por las tarifas que cobra a las tiendas de aplicaciones digitales que no son la suya, Apple Store.
Este paso llega justo unos días después de que la compañía estadounidense anunciara que no iba a ofrecer su inteligencia artificial a toda la Unión Europea y el argumento que dio fue, precisamente, regulatorio. “Estamos preocupados porque los requerimientos de interoperabilidad de la Ley de Mercados Digitales podrían obligarnos a comprometer la integridad de nuestros productos”, explicó la empresa el pasado viernes.
La acusación es todavía preliminar, como advierte la propia Comisión Europea en el comunicado en el que informan del punto en que se encuentra la investigación que le abrieron a la firma californiana el pasado 25 de marzo. Apple tiene ahora la posibilidad de acceder a la investigación de Competencia ya y presentar las alegaciones que considere. Desde que abrió la investigación hace tres meses, empieza a correr un plazo que puede prolongarse durante un año. Es la primera vez que con el nuevo reglamento de mercado digitales Bruselas llega a este punto en un expediente y la sanción puede acabar siendo muy alta: el 10% de la facturación mundial de la empresa y subir hasta el 20% si la compañía repite. En 2023, los ingresos de esta empresa ascendieron a algo más de 383.000 millones de dólares (357.000 millones de euros).
Considera la Comisión que las condiciones que impone Apple a los desarrolladores de aplicaciones, no cumplen con la norma de competencia en los mercados digitales. Esta permite a esas empresas “poder informar gratuitamente a sus clientes de otras posibilidades de compra más baratas, dirigirles a esas ofertas y permitirles realizar compras”. Pero el gigante digital tiene tres condiciones que “no permiten” a quienes ofrecen sus productos en la Apple Store dirigirse “libremente” a los clientes.
Explican los técnicos de Competencia europeos que los desarrolladores pueden redirigir a sus potenciales cliente a una página web para celebrar el contrato. Pero “el proceso de enlace está sujeto a varias restricciones impuestas que impiden a los desarrolladores de aplicaciones comunicarse, promover ofertas y celebrar contratos a través del canal de distribución de su elección”. Este proceso de captación inicial también puede hacerse a través de Apple Store, aunque para eso hay que pagar comisiones “que van más allá de los estrictamente necesario para dicha remuneración”. “Por ejemplo, Apple cobra a los desarrolladores una tasa por cada compra de bienes o servicios digitales que un usuario realiza en los siete días siguientes a la salida de la aplicación”, apuntan Bruselas.
Junto a esta acusación, la Comisión ha lanzado otra investigación sobre Apple para analizar el cumplimiento, de nuevo, la ley de mercados digital (DMA, por sus siglas en inglés) en las condiciones que tienen que firmar los desarrolladores de aplicaciones, “en particular la oferta de tiendas de aplicaciones alternativas o la posibilidad de ofrecer una aplicación a través de un canal de distribución alternativo”. Es decir, por poner trabas a los competidores de su propia tienda, la Apple Store.
En concreto, Bruselas investigará si la tasa que cobra, 0,5 euros por cada descarga, cumple con la DMA; también analizará si el proceso que los usuarios tienen que seguir durante la instalación, pasando varias pantallas, cumple con las normas de Competencia; y, por último, examinará si los requisitos de pertenencia al programa de desarrolladores de Apple que deben cumplir los aspirantes a entrar en el mercado restringido de iOS se ajustan a la normativa europea.
Hasta hace poco, Apple era una empresa que no había recibido grandes castigos de Bruselas. Esto comenzó a cambiar este año. El 4 de marzo pasado la Comisión Europea hizo pública una sanción de 1.800 millones de euros, en torno al 0,5% de los ingresos mundiales de la empresa. La causa de la multa fue por abuso de posición dominante en la distribución de aplicaciones de música en iPhone y en iPad. De nuevo, la utilización de Apple Store estuvo detrás del castigo.
Esta sanción fue la cuarta mayor impuesta por Competencia en su historia y todavía no se regía por los criterios de la norma actual, puesto que la denuncia y la investigación llegaron antes de que entrar en vigor. Bajo esa ley las sanciones más grandes han sido para Alphabet, matriz de Google: la mayor, 4.342,9 millones, se le impuso en 2018 por obligar a los fabricantes de dispositivos móviles que usan Android como sistema operativo a preinstalar aplicaciones suyas como Chrome o Google Search. Este castigo está recurrido en los tribunales, aunque, por ahora, los jueces han ido dando la razón a la Comisión. La segunda gran multa asciende a 3.800 millones y recayó sobre varios fabricantes de camiones por constituir un cártel de precios. La tercera, de 2017, vuelve a recaer sobre Google y como la otra está siendo revisada en los tribunales, si bien, todavía no hay un fallo definitivo en ambos casos.
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