La CNMC saca a consulta la norma que prohibirá contratos públicos con empresas que falseen la competencia
En la última gran sanción a las principales constructoras, de 204 millones de euros por alterar licitaciones públicas, el organismo remitió a la Junta Consultiva la resolución para determinar el alcance de esa prohibición
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha acordado someter a audiencia e información pública los criterios que empleará a la hora de imponer la prohibición de contratar con la Administración Pública a aquellas empresas que hayan sido sancionadas por vulnerar la normativa de defensa de la competencia. “Con esta consulta, la CNMC pretende recabar todas las aportaciones posibles de las personas físicas, empresas, asociaciones, organismos públicos y demás ...
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha acordado someter a audiencia e información pública los criterios que empleará a la hora de imponer la prohibición de contratar con la Administración Pública a aquellas empresas que hayan sido sancionadas por vulnerar la normativa de defensa de la competencia. “Con esta consulta, la CNMC pretende recabar todas las aportaciones posibles de las personas físicas, empresas, asociaciones, organismos públicos y demás interesados para poder fijar unos criterios generales y comenzar a determinar en sus resoluciones sancionadores la duración y alcance de este tipo de prohibiciones”, indica el organismo en nota de prensa.
En 2015, la normativa española en materia de contratación pública incluyó la prohibición de contratar con el sector público a las empresas y sujetos sancionados por haber cometido infracciones graves de falseamiento de la competencia. Por su parte, la Ley de Contratos del Sector Público establece que la determinación de la duración y alcance de la prohibición de contratar puede fijarse en la misma resolución sancionadora de la CNMC, o por la persona titular del Ministerio de Hacienda, previa propuesta de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado.
Competencia ya ha declarado la existencia de esta prohibición de origen legal en varios expedientes sancionadores de conductas realizadas, pero remitiendo a la Junta Consultiva la resolución para que esta determine la duración y alcance de la prohibición. En todo caso, varios pronunciamientos judiciales recientes han reconocido que la autoridad de competencia es la mejor situada para valorar de forma global las medidas de gravamen y sanción que pueden adoptarse ante los hechos acreditados en sus resoluciones y para ponderar las consecuencias que tienen en el mercado las conductas sancionadas.
En la última gran sanción de la CNMC a las principales constructoras, de 204 millones de euros por alterar licitaciones públicas, el organismo remitió a la Junta Consultiva la resolución para determinar el alcance de esa prohibición. No obstante, la Audiencia Nacional ha comenzado a aprobar cautelares favorables a las empresas sancionadas sobre esta prohibición de contratar. “En el contexto actual la contratación pública tiene una gran trascendencia para la sociedad y para las funciones de la CNMC, tal como se señala en su Plan de Actuación 2021-2022″, indica la CNMC en su nota de prensa.