Por qué la Oficina de Patentes rechaza registrar marcas como Chorizos Hijoputa

Este organismo ya declinó anteriormente peticiones parecidas de otras empresas por ir en contra de “las buenas costumbres”, según especifica la ley de marcas

Imagen de los chorizos Hijoputa, en la web del vendedor

La Oficina Española de Marcas y Patentes (OEMP) acaba de rechazar la petición de un empresario asturiano de registrar sus chorizos con el distintivo Hijoputa, según ha confirmado a este periódico el solicitante, Rubén Lavandera. No es la primera que trasciende un titular como este. Un vistazo a la hemeroteca muestra tentativas anteriores: la empresa ya lo intentó en 2009 ante la Oficina de Armonización del Mercado Interno (OAMI), que declinó la propuesta, al igual ...

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La Oficina Española de Marcas y Patentes (OEMP) acaba de rechazar la petición de un empresario asturiano de registrar sus chorizos con el distintivo Hijoputa, según ha confirmado a este periódico el solicitante, Rubén Lavandera. No es la primera que trasciende un titular como este. Un vistazo a la hemeroteca muestra tentativas anteriores: la empresa ya lo intentó en 2009 ante la Oficina de Armonización del Mercado Interno (OAMI), que declinó la propuesta, al igual que el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) cuando la empresa recurrió.

Hay más ejemplos parecidos. En enero, la OEMP rechazó el intento de cuatro cómicos de registrar la marca España vaciada la que tengo aquí colgada. En 2018, el TGUE declinó el recurso de La Mafia se sienta a la mesa, una cadena aragonesa de restaurantes italianos. Tienen licencia para utilizar el nombre en España y Portugal, pero no pudieron registrar la marca a nivel europeo. También a nivel comunitario fue rechazada la petición de una empresa alemana de licores para registrar la marca Ficken (mierda o joder). Estos rechazos generan titulares que publicitan a estas empresas, que saben de antemano que no tienen todas consigo para registrar este tipo de nombres.

El artículo 5 de la ley de marcas, referente a las “prohibiciones absolutas”, especifica que no podrán registrarse signos que ”sean contrarios a la Ley, al orden público o a las buenas costumbres”. Ese último apunte, el de las buenas costumbres, es muy subjetivo, “lo que permite al registrador decidir si hay dudas”, opina Guillermo Ramos, socio del bufete White Towers, especializado en propiedad intelectual. La comunicación remitida al empresario asturiano especifica que su petición “atenta contra las buenas costumbres, ya que puede herir la sensibilidad de un amplio sector de la sociedad por ofensivo y malsonante”.

Excepciones

“Es lógico que una marca llamada Hijoputa sea rechazada en base a esto. No tiene mucha complejidad”, añade Ramos, que cataloga este tipo de conflictos como “anecdóticos”. “Apenas hay empresas que intenten poner este tipo de nombres a sus productos”, continúa. Uno de los casos más conocidos y que sí recibió la aprobación de la OEMP son los espárragos Cojonudos. “Lo que es contrario a las buenas costumbres o al orden público es algo subjetivo. Hay algunas acepciones que, aunque sean polémicas, no son tan ofensivas. Hijoputa está bastante claro”, añade Ramos. La fina línea que separa lo autorizado por la OEMP y lo que no se aprecia en otra marca que Lavandera sí consiguió registrar, las cervezas De puta madre.

La guía de prohibiciones absolutas de la OEMP especifica que “son aquellos signos contrarios a la moral en el sentido de la conducta moral exigible y exigida en la normal convivencia de las personas estimadas honestas. Se trata de un concepto que en ocasiones no es fácil de precisar, pues depende de la vigencia social de determinados valores y de la mayor o menor permisividad social. Para poder determinar este tipo de signos, habrá que tener en cuenta el público destinatario de los productos o servicios para los que se solicita el registro”.

“Además”, continúa la OEMP, “el hecho de que una parte del público pertinente pueda considerar aceptables las expresiones más ofensivas no basta para considerar que se trate de la percepción que se ha de tener en cuenta. La apreciación de si un signo es contrario a las buenas costumbres no puede basarse en la percepción de la parte de dicho público a la que no ofende nada, ni tampoco en la de aquella que se ofende con gran facilidad, sino que debe hacerse sobre la base de los criterios de una persona razonable con unos umbrales medios de sensibilidad y tolerancia”.

El mismo empresario que ha intentado registrar los Chorizos Hijoputa comercializa una licores con el mismo nombre desde 2012. “Que la OEMP rechace el registro de la marca no significa que el empresario no pueda comercializarla. Simplemente, está desprotegido ante la posibilidad de que otra empresa utilice el mismo nombre”, comenta el abogado especializado en propiedad intelectual. Fuentes de la OEMP explican que este organismo se limita a registrar o rechazar marcas, pero no son los encargados de sancionar. Si el nombre de un producto ofende a una persona o a un grupo en concreto, la empresa responsable se arriesga a ser denunciada ante la justicia por estos particulares.

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