Las matemáticas matan el IRPH

El informe financiero elaborado por el matemático Guillem Bou considera que los contratos con IRPH “son engañosos por su mismos, es decir, atendiendo sólo a su redactado”

Piso en venta en un barrio de Madrid.Olmo Calvo (EL PAÍS)

Hasta ahora el litigio sobre las hipotecas con interés variable referido al IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) se ha librado en los tribunales. El asunto ha ido dos veces al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que ha establecido las pautas que deben aplicar los tribunales nacionales. La mayoría de tribunales, especialmente, el Supremo, han interpretado la doctrina europea validando el IRPH. Pero un significativo número de magistrados, interpretando la doctrina...

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Hasta ahora el litigio sobre las hipotecas con interés variable referido al IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) se ha librado en los tribunales. El asunto ha ido dos veces al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que ha establecido las pautas que deben aplicar los tribunales nacionales. La mayoría de tribunales, especialmente, el Supremo, han interpretado la doctrina europea validando el IRPH. Pero un significativo número de magistrados, interpretando la doctrina de los jueces de Luxemburgo, han considerado que el IRPH es nulo por falta de transparencia. El derecho es interpretable.

El asunto no es baladí pues ha afectado a unas 800.000 familias que han pagado más por sus hipotecas referenciadas al IRPH que la mayoría que las tenían referenciadas al euríbor. Se trata de unas diferencias que fueron significativas en los peores momentos de la crisis. En los años difíciles las familias con hipotecas con IRPH no pudieron beneficiarse en toda su intensidad de la caída de los tipo de interés y en algunos casos no pudieron hacer frente a los pagos y perdieron la casa.

El caso ha dado un giro por la iniciativa del director general de Consum de les Illes Balears, Fèlix Alonso, tras encargar un estudio científico sobre el asunto. Las competencias de Consumo han sido transferidas a las comunidades autónomas, que con contadas excepciones, han sido muy poco diligentes sobre la materia. El estudio, elaborado por el matemático Guillem Bou, proporciona importantes conclusiones, que serán incorporadas a un informe jurídico que ha encargado la Dirección General.

El informe financiero elaborado por Bou considera que los contratos con IRPH “son engañosos por su mismos, es decir, atendiendo sólo a su redactado”. Se basa en la teoría de la “información asimétrica”, elaborada en 1970 por el premio Nobel de Economía George Akerlof en The Market for Lemons”. Esta teoría sostiene que la mera existencia de información asimétrica implica que hay un “abuso” o sobreprecio que soporta quien tiene peor información.

Bou sostiene el supuesto engaño del IRPH en cuatro argumentos. La redacción que aparece en los contratos “es financieramente maliciosa porque hace entender que se contrata un tipo nominal cuando se trata de una tasa efectiva”. La tasa efectiva es más elevada porque incluye comisiones y “omite la advertencia fundamental del Banco de España que indica que los préstamos con IRPH deben llevar un diferencial negativo”. Ninguno lo lleva.

También señala que las escrituras analizadas no remiten al último Boletín Oficial del estado (BOE), la Circular 5/ 1994, sino a un BOE obsoleto (circular 8/90) donde no aparece la advertencia de Banco de España. El informe demuestra con gráficas comparativas con la evolución del MIBOR que existe un “efecto freno”, pues cuando el MIBOR baja, el IRPH no se hunde tanto y permanece más alto. Y finalmente refleja que en los dos últimos años el IRPH subió cuando los tipos de interés bajaron. Un documento clave para administraciones y juristas.

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