Trabajo prevé poner coto a los contratos de prácticas y de formación
El ministerio plantea reducir a la mitad la duración máxima de estos convenios para evitar abusos. La jornada en el periodo educativo no podrá ser superior al 50%
El debate dentro de la negociación sobre la modernización del mercado de trabajo que se dirime desde hace semanas en el marco del diálogo social se centra ahora sobre los contratos formativos. El Gobierno ha secundado la propuesta de los sindicatos con la que se busca limitar su duración a un máximo de dos años —la mitad de lo que se establece en estos momentos—, que el tiempo de trabajo efectivo no sea superior al 50% de la jornada y que las empresas que se acojan a esta modalidad tengan que inscribirse en un regis...
El debate dentro de la negociación sobre la modernización del mercado de trabajo que se dirime desde hace semanas en el marco del diálogo social se centra ahora sobre los contratos formativos. El Gobierno ha secundado la propuesta de los sindicatos con la que se busca limitar su duración a un máximo de dos años —la mitad de lo que se establece en estos momentos—, que el tiempo de trabajo efectivo no sea superior al 50% de la jornada y que las empresas que se acojan a esta modalidad tengan que inscribirse en un registro público.
El Ministerio de Trabajo y los representantes de los trabajadores consideran primordial el rearme de esta modalidad para que vaya en consonancia con la nueva ley de Formación Profesional (FP), aprobada en septiembre y con la que se pretende potenciar la simbiosis entre el mundo educativo y la empresa. En el documento que trasladaron en el último encuentro UGT y CC OO, y al que ha tenido acceso EL PAÍS, se recogen algunos de los puntos que conforman esta adaptación. Según confirman distintas fuentes, servirá de base para la negociación. El ajuste de los periodos de tiempo en los que se deberá llevar a cabo la formación y una redefinición en las condiciones de aquellos que podrán acceder a estos contratos centran el paquete de reformas.
Los aspectos fundamentales de la propuesta están en los contratos de formación dual ―aquellos en los que se mezcla la formación y el trabajo― aunque también alteran algunos parámetros de los contratos de prácticas. Por ejemplo: estos podían realizarse hasta ahora sobre aquellas personas que estuviesen en posesión de un título universitario oficial de grado o de formación profesional de grado medio o superior, o de títulos oficialmente reconocidos como equivalentes; en el nuevo marco se propone incorporar también a quienes tengan un título de máster cuando este se requiera para el ejercicio profesional.
Sin embargo, es en la duración de estos contratos donde se encuentra el mayor cambio. Si en la actualidad estos no podían ser inferiores a seis meses ni exceder los dos años, ahora se establecen tiempos distintos en función del tipo de trabajador: para los que tengan certificados de profesionalidad el periodo no podrá ser superior a los tres meses; asciende a seis para los títulos de formación profesional y equivalentes; y a un año para los universitarios. Como marco general, ninguna persona podrá estar contratada en prácticas en la misma o distinta empresa por un tiempo superior a un año, lo que reduce a la mitad el margen que se contempla actualmente.
El cambio más importante tiene que ver con la formación dual, sobre la que se proyectan estas mismas líneas e incluso se va más allá en alguna de ellas. Por ejemplo, el detalle de que estos contratos solo puedan realizar a personas trabajadoras menores de 25 años. “Esto es algo que a la patronal no le gusta, porque ellos querrían quitar este tope”, confiesa Santillana. “Tenemos que dar alguna respuesta a los jóvenes, porque no es aceptable que ahora mismo tengan una tasa de desempleo del 40%”, indica Fernando Luján, secretario confederal de UGT.
El periodo de vigencia para los contratos de formación también disminuye: su duración pasará a ser de un mínimo de tres meses y un máximo de dos años ―ahora se establecía un mínimo de un año y un máximo de tres―. En este punto concreto de la propuesta se añade también que el tiempo de trabajo efectivo no podrá ser superior al 50% de la jornada máxima (el tope vigente es del 75% en el primer año y el 85% en el segundo), y que los desplazamientos para asistir al centro de formación computarán como tiempo de trabajo efectivo.
Registro público
El último vértice de la propuesta tiene que ver con la transparencia de los intervinientes. Tanto los contratos de prácticas como de formación deberán formalizarse por escrito, y si a su conclusión el trabajador continúa en la empresa pasará a hacerlo por tiempo indefinido. Del mismo modo, las empresas que se encuentren en proceso de regulación de empleo no podrán acogerse a estas modalidades y quienes lo hagan deberán inscribirse en un registro público en el que figurarán también las personas contratadas.
Fuentes del diálogo social reconocen que no creen que alcanzar un acuerdo sobre esta materia vaya a alagarse demasiado en el tiempo. Temas como la duración de los contratos temporales generan mayores fricciones entre las partes que la adecuación de un sistema que tiene como beneficiarios tanto a los trabajadores como a los empresarios. Desde la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) aseguran que no son reacios a trabajar “con la parte sistemática que proponen los sindicatos”, pero no “con la sustancial”. Además, apuntan, sin detallar expresamente a qué medidas se refieren, que “hay otras cosas inasumibles” que seguirán estudiando.
Este miércoles volverán a reunirse Gobierno, sindicatos y patronal, y habrá pasado ya una semana desde que estas propuestas están sobre la mesa. Todas ellas tienen que ver con la reelaboración del texto que conforma el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores, en el que se abordan los contratos formativos. Mientras que a lo largo de los últimos años los contratos de prácticas apenas han sufrido alteraciones normativas, los de formación han variado recurrentemente. “En el último estudio que realizamos descubrimos que los sectores en los que más se han venido empleando son en la hostelería y el comercio, que no parecen las áreas en las que sea más necesario llevar a cabo una formación”, denuncia Lola Santillana, secretaria de Empleo y Cualificación Profesional de CC OO. “Lo que queremos con esto es definir un cauce por el que los jóvenes puedan iniciar su relación con el mundo laboral”, amplía Luján. Fuentes de Trabajo también reconocen esta vocación.
Los trabajos de campo realizados por ambos sindicatos determinan que, por ejemplo, el 74% de los contratos de formación se hacen en empresas con plantillas que no superan las 25 personas, o que el 59% de ellos se celebran para desempeñar ocupaciones elementales. Además, también concluyen que la tasa de inserción laboral de aquellos sobre los que se realizan siempre ha sido muy baja: ha pasado de representar el 7% entre los años 2007 y 2014, hasta el 2% de 2019. “Los contratos de formación no han funcionado hasta ahora porque se han infrautilizado”, añade Luján. “Han sido una puerta para obtener subvenciones, y cuando el incentivo económico ha desaparecido han caído en picado”, incide Santillana.