El Supremo confirma la condena de Díaz Ferrán por el ‘caso Marsans’

El tribunal anula multas impuestas por responsabilidad civil y obliga a "justificarlas suficientemente"

Gerardo Díaz Ferrán durante uno de los juicios a los que se ha enfrentado en los últimos años. EFE

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a cinco años y medio de cárcel impuesta en septiembre del año pasado a Gerardo Díaz Ferrán, expresidente de la CEOE, por delitos de alzamiento de bienes, concurso fraudulento, integración en grupo criminal y blanqueo de capitales, perpetrado al vaciar el patrimonio su empresa, Viajes Marsans. El alto tribunal ha confirmado también la multa de 1,2 millones de euros aceptada por Díaz Ferrán por el delito de blanqueo.

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El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a cinco años y medio de cárcel impuesta en septiembre del año pasado a Gerardo Díaz Ferrán, expresidente de la CEOE, por delitos de alzamiento de bienes, concurso fraudulento, integración en grupo criminal y blanqueo de capitales, perpetrado al vaciar el patrimonio su empresa, Viajes Marsans. El alto tribunal ha confirmado también la multa de 1,2 millones de euros aceptada por Díaz Ferrán por el delito de blanqueo.

El expresidente de la patronal llegó a una acuerdo con la fiscalía y aceptó la condena que ahora confirma el Supremo antes de celebrarse el juicio. Díaz Ferrán, en prisión desde diciembre de 2012, reconoció en la Audiencia Nacional su culpa y admitió íntegramente el relato de hechos del fiscal Daniel Campos. El ministerio público acusaba a Díaz Ferrán de transmitir al testaferro Ángel de Cabo todo su patrimonio personal y societario, justo antes de que empresas acreedoras de Marsans —como Pullmantur, Sol Meliá, AC Hoteles, Hoteles Turísticos Unidos o Iberojet— obtuvieran la declaración de concurso forzoso de la mayorista de viajes. También fueron condenados el empresario De Cabo, Iván Losada, ex director general de Marsans y mano derecha de aquel; Gerardo Díaz Santamaría, hijo de Díaz Ferrán, y otras siete personas, todos los cuales reconocieron los hechos.

La sentencia de la Audiencia solo fue recurrida ante el Supremo por Meliá Hoteles International SA, Pullmantur SA y AC Hoteles, Astra Worlwide International Limited, e Implementación de Proyectos S.L. (Manuel Díaz Ferrán, hermano de Gerardo Díaz Ferrán). El alto tribunal mantiene la resolución de la Audiencia sobre las penas de prisión, que nadie recurrió, pero estima parcialmente los recursos de las empresas relativos a responsabilidades civiles directas o subsidiarias.

Así, anula la declaración de responsabilidad civil subsidiaria de Implementación de Proyectos S.L., empresa de Manuel Díaz Ferrán, ya que según el alto tribunal los hechos probados "no prestan base para declararla". Respecto al recurso presentado por Astra Worlwide, el Supremo ordena que redacte de nuevo la sentencia para que “se justifique suficientemente" la decisión de declarar a la sociedad responsable civil subsidiaria.

La Audiencia también deberá redactar de nuevo la parte referida a Meliá, Pullmantur y AC Hoteles, para "resolver expresamente" sobre la pretensión de esas sociedades para que la responsabilidad civil directa recaiga en el grupo Alandalus Management, propiedad de la familia del empresario Jamal Satli Iglesias. Según el alto tribunal, no se hace "referencia expresa" a las operaciones que estas entidades consideran realizadas por los acusados para vaciar las empresas sociedades Hotetur Club, la cadena hotelera de Marsans, y Hotesand, la inmobiliaria.

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