El Tribunal Superior contradice al juez

El despropósito judicial que lleva 16 meses amargando al matrimonio Mediñà, que no puede entrar en su casa desde julio de 2008, vivió ayer un nuevo capítulo cuando el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) difundió un comunicado en el que aseguraba: "El caso no se trata de una okupación de vivienda". La nota, con la que el TSJC trata de salir al paso de la polémica que ha levantado el caso, contradice una sentencia de uno de sus juzgados, el número 57 de primera instancia de Barcelona, que el pasado mes de abril dio la razón a Josep Mediñà.

El fallo establece: "Se consi...

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El despropósito judicial que lleva 16 meses amargando al matrimonio Mediñà, que no puede entrar en su casa desde julio de 2008, vivió ayer un nuevo capítulo cuando el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) difundió un comunicado en el que aseguraba: "El caso no se trata de una okupación de vivienda". La nota, con la que el TSJC trata de salir al paso de la polémica que ha levantado el caso, contradice una sentencia de uno de sus juzgados, el número 57 de primera instancia de Barcelona, que el pasado mes de abril dio la razón a Josep Mediñà.

El fallo establece: "Se considera acreditado (...) que en julio de 2008 la vivienda fue ocupada por la demandada" y que los Mediñà residían en el domicilio "de forma habitual" desde hace 21 años. Por quedar probados estos hechos fue por lo que el juzgado ordenó el desahucio de María José O. E., quien luego recurrió y ha logrado frenar el desalojo alegando que carece de medios para otra vivienda. El juez Carlos Tortras le impuso una fianza de un euro para seguir viviendo en el piso hasta que se resuelva el recurso.

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María José O. E. alegó ante los tribunales que alquiló el piso a un tal Jaime, cuyo teléfono encontró colgado en un locutorio. Según esta versión, la demandada habría obtenido las llaves del piso a cambio de pagar 1.500 euros a Jaime sin mediar contrato y sin que los dos se hubieran vuelto a ver. Esta versión fue suficiente para que otro juzgado de lo penal rechazara abrir un proceso por usurpación, a pesar de que los Mediñà aportaron el contrato de alquiler que les acreditaba como titulares de la vivienda y todos los recibos (agua, luz, etcétera), según consta en el expediente judicial.

El Patronato Municipal de la Vivienda de Barcelona también corrobora la versión de la pareja. Tras el archivo de la causa penal, las víctimas acudieron a la vía civil como última opción. Los Mediñà se encontraron la vivienda ocupada el 24 de julio de 2008, al volver de una semana de vacaciones. Según su denuncia, el supuesto arrendatario entró en su casa desde la de un vecino y cambió la cerradura de la vivienda.

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