El patrimonio de los ministros se hará público en octubre

El Gobierno aprueba el real decreto que se demoraba desde hace tres años

Los ministros y secretarios de Estado publicarán sus patrimonios en el Boletín Oficial del Estado el próximo mes de octubre, según el real decreto aprobado ayer por el Consejo de Ministros. Esta medida de transparencia fue una propuesta electoral de José Luis Rodríguez Zapatero en 2004, que se plasmó en la ley de incompatibilidades de la anterior legislatura pero que estaba pendiente del decreto de desarrollo.

De hecho, la ley establecía un plazo de cuatro meses para aprobar la norma de desarrollo y el plazo terminó en octubre de 2006. Es decir, que la publicación de los datos, q...

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Los ministros y secretarios de Estado publicarán sus patrimonios en el Boletín Oficial del Estado el próximo mes de octubre, según el real decreto aprobado ayer por el Consejo de Ministros. Esta medida de transparencia fue una propuesta electoral de José Luis Rodríguez Zapatero en 2004, que se plasmó en la ley de incompatibilidades de la anterior legislatura pero que estaba pendiente del decreto de desarrollo.

De hecho, la ley establecía un plazo de cuatro meses para aprobar la norma de desarrollo y el plazo terminó en octubre de 2006. Es decir, que la publicación de los datos, que no tiene más precedente en España que el de algunas comunidades como Castilla-La Mancha, llega con tres años de retraso. Desde 2006, la ley era papel mojado por falta de desarrollo.

El pasado mes de noviembre, a instancias de Joan Herrera (ICV), el Congreso aprobó por unanimidad una proposición no de ley que instaba al Gobierno a aprobar el real decreto antes de cuatro meses. El plazo acabó esta semana, pero ayer se aprobó la norma que estaba atascada en La Moncloa. Incluso en 2006 se llegó a pedir informe al Consejo de Estado sobre un borrador de real decreto.

Con la norma, los ministros y secretarios de Estado deberán informar de su patrimonio antes del próximo mes de junio, para que se publique en octubre. Anualmente deberán hacer una nueva declaración.

Además, el real decreto establece que los Registros de Actividades de los Altos Cargos y de Bienes y Derechos Patrimoniales dependerán de la Oficina de Conflictos de Intereses. El cónyuge del alto cargo o persona que conviva con él en análoga relación de afectividad podrá cumplimentar las declaraciones de bienes voluntariamente.

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