La Justicia prima un monte comunal frente a una cantera

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia considera de mayor utilidad pública un monte comunal que una cantera de cuarzo. La sentencia dictada hace unos días por los magistrados del alto tribunal frena las intenciones del empresario Juan Miguel Villar Mir de abrir la explotación que le fue adjudicada durante el franquismo en el ayuntamiento lucense de Palas de Rei. El fallo judicial recuerda que, aunque la concesión le fue otorgada al propietario de Ferroatlántica y OHL por una ley de la dictadura que daba vía libre a la expropiación de los terrenos, la Constitución aprobada después instauró ...

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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia considera de mayor utilidad pública un monte comunal que una cantera de cuarzo. La sentencia dictada hace unos días por los magistrados del alto tribunal frena las intenciones del empresario Juan Miguel Villar Mir de abrir la explotación que le fue adjudicada durante el franquismo en el ayuntamiento lucense de Palas de Rei. El fallo judicial recuerda que, aunque la concesión le fue otorgada al propietario de Ferroatlántica y OHL por una ley de la dictadura que daba vía libre a la expropiación de los terrenos, la Constitución aprobada después instauró el deber de defensa del medio ambiente y leyes posteriores, como la Ley de Derecho Civil, reconocieron los derechos de los comuneros.

El conflicto judicial entre Villar Mir y los comuneros de Palas de Rei se remonta a 2004. La empresa Cuarzos Industriales solicitó a la Xunta del PP que declarara la "prevalencia" de la explotación minera concedida durante el franquismo sobre la explotación forestal y agraria del monte Merlán, en manos de los vecinos de la zona. La Consellería de Medio Ambiente le denegó tal declaración, que hubiera posibilitado la expropiación de los terrenos, y Villar Mir presentó un recurso ante el Tribunal Superior, que le ha dado la razón a la comunidad de montes.

Los ecologistas de Adega afirman que el fallo afecta a un sector "acostumbrado a utilizar la Administración" en "beneficio propio" y a actuar "sin respeto a la legalidad", en alusión a que unas 400 canteras funcionen en Galicia sin licencia. El colectivo confía en que la sentencia sirva de precedente para otros casos pendientes de resolución.

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