Cuatro meses de cárcel por varios avisos falsos de bomba en Valencia

Cuatro meses de prisión por realizar cuatro llamadas de falsos avisos de bomba en Valencia en nombre de ETA. Es la pena que aceptó Raúl R. O. el pasado sábado en un juicio rápido.

Su novia le dejó y quería llamar la atención. Esa es la razón que está detrás de un comportamiento que en cuatro ocasiones puso en jaque a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado. El 20 de julio pasado, a las 2.18, desde una cabina situada en la calle de Tirso de Molina número 13 de Valencia, el acusado llamó al 112 y dijo: "Llamo en nombre de ETA, hay un coche bomba en Valencia". La llamada provocó, com...

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Cuatro meses de prisión por realizar cuatro llamadas de falsos avisos de bomba en Valencia en nombre de ETA. Es la pena que aceptó Raúl R. O. el pasado sábado en un juicio rápido.

Su novia le dejó y quería llamar la atención. Esa es la razón que está detrás de un comportamiento que en cuatro ocasiones puso en jaque a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado. El 20 de julio pasado, a las 2.18, desde una cabina situada en la calle de Tirso de Molina número 13 de Valencia, el acusado llamó al 112 y dijo: "Llamo en nombre de ETA, hay un coche bomba en Valencia". La llamada provocó, como consta en el escrito fiscal, la inmediata actuación de los servicios policiales de seguridad "teniendo en cuenta la situación de alarma que en la actualidad se vive por amenaza terrorista".

A las 2.53 de ese mismo día, desde una cabina de la Gran Vía de Fernando el Católico, volvió a hacer una llamada al 112. En esa ocasión manifestó: "Llamo en nombre de ETA, en la estación de autobuses de Valencia hay un coche bomba". Los servicios policiales se pusieron en marcha de nuevo automáticamente.

Antes, los días 16 y 19 de julio pasado, el acusado hizo idénticas llamadas en nombre de la banda terrorista, hechos que provocaron la intervención policial y por los que se siguen diligencias en el Juzgado de Instrucción número 20 de Valencia.

Los hechos fueron calificados por la acusación pública de desórdenes públicos, de acuerdo con el artículo 561 del Código Penal. El ministerio público no encontró ninguna circunstancia que liberara o modificara al acusado de la responsabilidad penal por los hechos e inicialmente solicitó seis meses de cárcel y el pago de las costas procesales.

Dado que el acusado aceptó un acuerdo, la pena impuesta finalmente ha sido de cuatro meses de prisión. El fiscal "se opone a la suspensión de la condena, atendidas las circunstancias de los hechos y la posibilidad de que volviera a cometer hechos idénticos si quedara en libertad".

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