Cartas al director

Sin precedentes

EL PAÍS del domingo 30 de abril de 2006 dice, en su editorial titulado Sustitución aplazada, que la Constitución española "atribuye a las Fuerzas Armadas (como muchas otras constituciones democráticas) la tarea de defender la integridad territorial y el ordenamiento constitucional".

No es cierto que haya muchas constituciones democráticas que encomienden a sus Fuerzas Armadas la tarea de defender la integridad territorial y el ordenamiento constitucional, ya que la función de las Fuerzas Armadas no está expresada en las constituciones de los países occidentales; solamente la Cons...

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EL PAÍS del domingo 30 de abril de 2006 dice, en su editorial titulado Sustitución aplazada, que la Constitución española "atribuye a las Fuerzas Armadas (como muchas otras constituciones democráticas) la tarea de defender la integridad territorial y el ordenamiento constitucional".

No es cierto que haya muchas constituciones democráticas que encomienden a sus Fuerzas Armadas la tarea de defender la integridad territorial y el ordenamiento constitucional, ya que la función de las Fuerzas Armadas no está expresada en las constituciones de los países occidentales; solamente la Constitución de Holanda trata el tema ("las Fuerzas Armadas existen para la protección de los intereses del Estado"). Caso aparte es la Constitución portuguesa de 1976, en donde por el papel preponderante asumido por el Movimiento de las Fuerzas Armadas, se dice lo siguiente en su artículo 273: "Las Fuerzas Armadas portuguesas garantizarán la independencia nacional, la unidad del Estado, la integridad del territorio, el funcionamiento regular de las instituciones democráticas, el cumplimiento de la Constitución, etcétera".

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